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Superintendencia de Industria y Comercio, Andrés Barreto
Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto.
Colprensa

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), inició una investigación a 14 empresas por presunta publicidad engañosa.  

De acuerdo con esa entidad, las compañías al parecer publicitaron productos de aseo con bondades específicas respecto al covid-19.  

En ese sentido, la SuperIndustria precisó que en la publicidad de estos productos se atribuyeron beneficios como matar, eliminar y combatir el virus, hacerlo desaparecer, e incluso reducir las consecuencias del contagio.  

Las sociedades investigadas son: 

Formulación de pliego de cargos
Formulación de pliego de cargos
Cortesía de la Superintendencia de Industria y Comercio

Asimismo, la SuperIndustria adelantó visitas de inspección a diferentes páginas web, medios de comunicación y redes sociales, con el fin de revisar el mensaje transmitido a los consumidores en la publicidad de productos de aseo y al encontrar mensajes que atribuían beneficios contra la covid-19, se determinó el despliegue de acciones prioritarias de inspección y vigilancia con miras a proteger a los consumidores de mensajes posiblemente engañosos.

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Después de evaluar la publicidad y contrastarla con la información consignada en los documentos remitidos para soportar los beneficios respecto del Sars-Cov-2, la SIC formuló pliego de cargos en contra las empresas por la presunta publicidad engañosa y/o, tras indicar que al parecer no atendieron las órdenes impartidas por esa autoridad.  

Ese organismo explicó que en uno de los casos abrió la investigación por no garantizar la seguridad del producto, en atención a que al parecer no contaba con registro de la autoridad sanitaria.  

También se impartieron órdenes administrativas con el fin de que las sociedades ajusten la publicidad de los productos de aseo que ofrecen, conforme a lo señalado en los estudios y documentos técnicos aportados y se abstengan de utilizar publicidad que pueda confundir a los consumidores sobre el beneficio real que pueden garantizar los productos.  

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Así las cosas, de confirmarse una violación a las normas de protección al consumidor en el marco de las investigaciones iniciadas, se podrán imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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