Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Andrés Felipe Arias
Andrés Felipe Arias, en 2013
Colprensa

La defensa del exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, condenado por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS), solicitó que se le otorgue un permiso de 72 horas para estudiar o trabajar en medio de las restricciones generadas por el coronavirus.

En la petición, que fue radicada el pasado 26 de octubre ante un juzgado segundo de Ejecución de Penas de Bogotá se pidió permiso específicamente para trabajar o estudiar. 

Lea también: Las localidades de Bogotá con mayor desnutrición infantil antes de la pandemia

Como argumento principal se sustentó que no existe riesgo de fuga del exministro quien cumplió las tres quintas partes de la condena de 17 años y cuatro meses de prisión, la cual le impuso la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Arias ha permanecido más de cinco años y medio privado de la libertad, entre el tiempo que estuvo recluido en Estados Unidos y el que lleva en Colombia, por lo que jurídicamente ha cumplido con los requisitos para exigir que se le otorgue este beneficio.

El exministro de Agricultura fue condenado por los delitos de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros, por el escándalo de Agro Ingreso Seguro. 

El pasado 27 de octubre la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud que los abogados de Arias radicaron ante el alto tribunal para que se le tuviera en cuenta el tiempo en que estuvo en libertad bajo fianza en Estados Unidos.

Lea también: Bogotá ha recibido unas 95.000 solicitudes de estudiantes para regreso a clases presenciales

La defensa del exmnistro buscaba que se le reconociera como una detención domiciliaria, el tiempo que estuvo privado de la libertad, sin embargo la Corte lo negó al considerar que son figuras distintas.

“Las particularidades generales de la detención domiciliaria contrastadas con las que la doctrina internacional le atribuye a la libertad bajo fianza, indican que son figuras jurídicas disímiles”, dijo la Corte en su decisión.

En ese sentido La Corte Suprema de Justicia  además explicó que la libertad bajo fianza es una medida internacional alusiva al pago monetario de un compromiso para asistir a los procesos judiciales, distinto a la detención domiciliaria.

Arias, buscaba que el periodo de tiempo que estuvo bajo fianza pero en el que permaneció con un dispositivo electrónico en su vivienda fuera tenido en cuenta como tiempo de la condena proferida en su contra. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.