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 Asamblea Constituyente de Venezuela
Instalación Asamblea Constituyente de Venezuela.
Foto: AFP

La Sala Penal de la Corte Suprema le dio vía libre al proceso de extradición del ciudadano venezolano Edgardo José Barroeta Valera, quien es requerido por las autoridades judiciales de su país para que responda por su presunta participación en el asesinato de un miembro de la Asamblea Nacional Constituyente, Tomas Daniel Lucerna.

Barroeta Valera es señalado por las autoridades venezolanas de haber interceptado el pasado 10 de enero el vehículo en el que se movilizaba el constituyente junto a su esposa e hijos en la ciudad de Valera, estado de Trujillo. Sin mediar palabra lo atacó en cuatro oportunidades con arma de fuego causándole la muerte de manera inmediata.

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Después del crimen, el sindicado habría salido del país rumbo a Colombia. Debido a esto el Tribunal Supremo de Justicia ordenó su detención internacional a la Interpol. La Dijín de la Policía capturó a Barroeta el 20 de marzo de 2018 cuando se encontraba en la ciudad de Ipiales (Nariño).

El hombre de 30 años es requerido por los delitos de sicariato y asociación para delinquir. En el estudio del caso, la Corte Suprema consideró que los hechos por los cuales es investigado en el vecino país no tiene relación ni connotación con delitos políticos.

Reseña además que la Fiscalía General tuvo que solicitar una medida de aseguramiento en su contra al considerar por la gravedad de los hechos investigados por lo que representa un peligro para la sociedad. Igualmente se indica que es probable que no comparezca de manera voluntaria al proceso y evadir a la justicia venezolana.

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Igualmente se tuvo en cuenta los hechos que se han presentado recientemente en Venezuela y su sistema judicial y carcelario, por lo que la Corte emitió una serie de ordenes con el fin de proteger la integridad personal del extraditado ante el Tribunal Penal de Primera Instancia Estatales y Municipales en Funciones de Control No. 7 de la Circunscripción Judicial del Estado de Trujillo.

“El Gobierno Nacional está en la obligación de supeditar la entrega del ciudadano venezolano a las condiciones consideradas oportunas y exigir que éste no sea sometido a sanciones distintas de las impuestas en el proceso que cursa en su contra, ni juzgarlo eventualmente por eventualmente por otros hechos a penas de muerte, destierro, prisión perpetua o confiscación, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes”, precisa la decisión.

Igualmente se ordena que se le otorguen todas las garantías debidas a su condición de justiciable, “esto es, que su situación de privación de la libertad se desarrolle en condiciones dignas y que tenga la finalidad esencial de reforma y readaptación social. Finalmente se pide tener en cuenta, ante una eventual condena, el tiempo que ha estado privado de su libertad en Colombia.

Fuente

RCN Radio

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