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La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado para que las Comisarías de Familia atiendan casos de violencia intrafamiliar con enfoque de género. 

El pronunciamiento del tribunal se produjo tras el caso de una mujer que presentó una denuncia contra su expareja por violencia y pidió que se le otorgaran medidas de protección para ella y su hijo, a lo que la entidad accedió y remitió el oficio a la Fiscalía y a Medicina Legal para que se iniciara la investigación correspondiente. 

Sin embargo, meses después, la mujer denunció nuevamente hechos de violencia económica y psicológica, pues el hombre al parecer le habría expresado no tener dinero y le dijo que no podía estudiar una carrera profesional,  pues debía estar pendiente de su hijo. 

Pese a esto, la Comisaria de Familia no decretó el incumplimiento a la medida de protección, pues consideró que no hubo palabras soeces o insultos por parte del hombre y, además, porque, al parecer, gozaba de buenas conductas comopadre, por lo que la mujer accionó una tutela ante el alto tribunal pidiendo protección por sus derechos y los de su hijo. 

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Pese a que en primera instancia, la mujer perdió la tutela, la Corte Constitucional revocó la decisión argumentando que la Comisaría de Familia incurrió en una indebida valoración probatoria porque omitió valorar las pruebas indiciarias que permitían sospechar que la accionante era violentada psicológica y económicamente. 

“Esta actuación netamente pasiva de las entidades debe ser a todas luces reprochada, pues es en esta oportunidad previa a la agresión física donde se le debe dar credibilidad a las declaraciones de las mujeres y se deben tomar medidas de protección oportunas, efectivas y permanentes que garanticen la vida e integridad de ellas (…)”,  señala el documento. 

Para la Sala de Revisión de tutelas los antecedentes en este caso dan cuenta de actuaciones que no son aisladas, sino que corresponden a una práctica institucional que desmeritó los actos de violencia psicológica y económica que padecía la mujer. 

“No solamente sitúa a la víctima en una situación de revictimización, sino que, además, acentúa estereotipos basados en género que normalizan estas conductas o les restan gravedad, lo que deriva en que se presenten nuevos hechos de mayor gravedad o a una indudable impunidad”, concluye el fallo.

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Finalmente el magistrado ponente recordó que estas autoridades no pueden ignorar los aspectos específicos de cada caso en concreto y solamente fijarse en aspectos de violencia tradicional, por lo que pidió que las comisarías atiendan los procesos con enfoques diferenciales que permitan la protección de las mujeres y sus hijos. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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