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No le reconocieron su pensión a un cotizante de Manizales
RCN Radio

La Corte Constitucional protegió los derechos de una ciudadana que reclamaba ser beneficiaria de la pensión de su padre, de quien dependía económicamente y falleció en el 2016, por lo que solicitaba recibir ese ingreso, argumentando incapacidad para trabajar, pues por las enfermedades que le fueron diagnosticadas, se le declaró pérdida de capacidad laboral del 58.53 %. 

Según la tutela de la mujer, identificada como Flor Stella Sanabria, las enfermedades le fueron diagnosticadas desde 1990 hasta 2016, por lo que solicitó a Colpensiones que le fuera reconocido su derecho para acceder a la pensión de sus padres; sin embargo, la entidad negó la petición, argumentando que el certificado de pérdida de capacidades laborales (PCL) fue expedido en el 2017, un año después del fallecimiento de su padre. 

La Sala de Revisión estableció que, en estos casos, es necesario que se haga una valoración al historial médico y se tenga en cuenta el carácter degenerativo de las enfermedades diagnosticadas. 

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"Esta regulación consagra la importancia de una valoración de la capacidad laboral de la persona con enfoque integral, lo que implica un análisis detallado y completo de la historia clínica de la persona, el carácter degenerativo, crónico o congénito de algunas enfermedades, su efecto en el tiempo, las secuelas derivadas de ciertos diagnósticos", explica la sentencia. 

Además, luego de establecer el posible daño jurídico por negar la pensión a la ciudadana, estableció que, en caso de que la entidad de pensiones ignore el historial clínico, estaría vulnerando los derechos del solicitante.

"Cuando una administradora de pensiones niega la sustitución pensional o la pensión de sobrevivientes porque solo tiene en cuenta la fecha de estructuración del dictamen de PCL que esa entidad emite, se vulneran los derechos fundamentales de las personas evaluadas", concluye el fallo. 

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Ante estas consideraciones, el tribunal le pidió a Colpensiones que tenga haga un análisis detallado del historial clínico de la mujer en el que tenga en cuenta las fechas del diagnóstico y no sólo base su decisión la fecha de expedición del certificado de pérdida de capacidad laboral. 

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Fuente

Sistema Integrado de Información

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