Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

SENA
Cortesía
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la norma que impedía que las Cajas de Compensación Familiar fueran exoneradas de realizar aportes a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
 
La decisión fue tomada mediante un auto de la sección cuarta con ponencia del magistrado Julio Roberto Piza, quien resolvió una medida cautelar en medio de una demanda contra el decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. 
 
Según la ley, existen tres requisitos para obtener la exoneración de aportes parafiscales y de seguridad social en salud: “el primero, que los sujetos deben ser sociedades o personas jurídicas; el segundo que sean contribuyentes y declarantes del impuesto sobre la renta y el tercero, que la exoneración aplicará en relación a los empleados que, individualmente, devenguen menos de 10 salarios mínimos”

Lea ademásExpidieron en Antioquia decreto que limita el consumo de drogas en parques

En ese sentido, el Consejo de Estado concluyó que las Cajas de Compensación hacen parte del grupo de personas jurídicas que deben ser exoneradas de ese pago. 

“Las Cajas de Compensación familiar, como contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, (...) estarán exoneradas del pago de los aportes para-fiscales y de seguridad social en salud, en relación con los empleados que deben menos de 10 salarios mínimos”, dice la decisión. 

Según el ponente, el Gobierno expidió el decreto que limita el beneficio para los contribuyentes que hacen parte del régimen tributario especial (RTE), sin tener en cuenta que las cajas de compensación no hacen parte de él.

El auto señala que el beneficio está previsto para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

Lea también: Exsenador Luis Alberto 'El Tuerto' Gil firmó preacuerdo con la Fiscalía

Dado que las cajas de compensación familiar no se encuentran dentro del grupo de obligados al pago de este impuesto, “se encuentran exoneradas de la obligación de efectuar aportes al SENA”, añade la decisión. 

“La norma resulta aplicable, únicamente, para las entidades que pertenecen al RTE, dentro de las cuales no se encuentran las cajas de compensación familiar”, dice otro de los apartes del auto. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.