Cajas de Compensación Familiar no aportarán parafiscales al Sena
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la norma que impedía de las Cajas fueran exoneradas del pago.
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En ese sentido, el Consejo de Estado concluyó que las Cajas de Compensación hacen parte del grupo de personas jurídicas que deben ser exoneradas de ese pago.
“Las Cajas de Compensación familiar, como contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, (...) estarán exoneradas del pago de los aportes para-fiscales y de seguridad social en salud, en relación con los empleados que deben menos de 10 salarios mínimos”, dice la decisión.
Según el ponente, el Gobierno expidió el decreto que limita el beneficio para los contribuyentes que hacen parte del régimen tributario especial (RTE), sin tener en cuenta que las cajas de compensación no hacen parte de él.
El auto señala que el beneficio está previsto para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
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Dado que las cajas de compensación familiar no se encuentran dentro del grupo de obligados al pago de este impuesto, “se encuentran exoneradas de la obligación de efectuar aportes al SENA”, añade la decisión.
“La norma resulta aplicable, únicamente, para las entidades que pertenecen al RTE, dentro de las cuales no se encuentran las cajas de compensación familiar”, dice otro de los apartes del auto.
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