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Condena Exalcalde Samuel Moreno por carrusel contratos
Condena Exalcalde Samuel Moreno por carrusel contratos
Captura de imagen de audiencia en Corte Suprema de Justicia

Los magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rebajó de 25 años de prisión a 11 años y 10 meses de prisión una de las condenas impuestas contra  el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas por el escándalo de corrupción del denominado como el 'carrusel de la contratación'.

En la decisión, se estudió el alcance de la sentencia de segunda instancia emitida en 2019 por el Tribunal Superior de Bogotá por los delitos de cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación en el contrato de malla vial 006 de 2008, el de valorización 180 de 2005 y la cesión del contrato 137 de 2007 para la Fase III de TransMilenio.

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Respecto a los delitos de cohecho e interés indebido en la celebración de contratos, dejaron en firme la condena contra Moreno Rojas porque se demostró que, junto a los empresarios del Grupo Nule, el abogado Álvaro Dávila, el entonces contralor distrital Miguel Morales Russi y empleados del IDU, fue hallado responsable del acuerdo de pago de comisiones de éxito correspondientes a porcentajes del valor de cada uno de los contratos de malla vial que fueron adjudicados.

"Samuel Moreno acordó la obtención de grandes beneficios económicos a cambio de favorecer a los contratistas que colaboraron con dinero y políticamente en su campaña para conseguir ser elegido como Alcalde de Bogotá”, concluyó la Corte Suprema.

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Sin embargo, los magistrados absolvieron al exlacalde de Bogotá del delito de pecualdo por apropiación, porque al igual que sucedió en el porceso contra la exdirectora del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) no se prodbo a comsión de ese ehcho criminal, el cual en su momento se cuantifico en un monto superior a los 28 mil millones de pesos.   

"En ese fallo, del 7 de febrero de 2020, se declaró que en la cesión del contrato 137 de 2007 el Distrito no perdió dinero. Por lo tanto, si no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, Samuel Moreno no podría tener la condición de interviniente en esa conducta. Tal cesión se entregó a Conalvías en 2010 sin que se amortizara un anticipo de 28.000 millones de pesos, valor que posteriormente fue asumido por la aseguradora Segurexpo", agregó la Corte Suprema.
 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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