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Ana María Castro
Cortesía familiares

La juez 42 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, condenó a 41 años y seis meses de prisión a Paul Naranjo y Julián Ortegón, tras ser hallados culpables del feminicidio agravado de la joven Ana María Castro, ocurrido en la madrugada del 5 de marzo de 2020, en el norte de Bogotá.

La juez argumentó que Naranjo y Ortegón se aprovecharon de la condición de indefensión en la que se encontraba la joven universitaria de 21 años, tras haber consumido bebidas embriagantes. Además, referenció el informe del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que señala que la víctima tenía segundo grado de alcohol en su cuerpo en el momento en el que fue asesinada. 

"Las pruebas practicadas en el juicio demuestran que Paul Naranjo y Julián Ortegón, fueron quienes ultimaron a la joven Ana María Castro (...), causándole lesiones al arrojarla de un vehículo en movimiento, mismas lesiones que le causaron la muerte y sin que exista lugar a duda la conducta se cometió en la modalidad de feminicidio agravado en un escenario de control y poder sobre la víctima en aprovechamiento de su estado de indefensión", afirmó la juez. 

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Cabe recordar que, la víctima fue hallada en la calle 80 #69k sentido oriente - occidente, lugar en el que fue encontrada luego de haber sido lanzada de la camioneta que era conducida por Paul Naranjo y como copiloto Julián Ortegón. 

"El despacho ha procedido a analizar todas y cada una de las pruebas practicadas en juicio, en concordancia con la acusación y demás elementos materiales probatorios debidamente incorporados así como, las alegaciones e intervenciones de partes e intervinientes para con fundamento en ello, emitir la decisión que se anuncia desde ya, habrá de indicar el despacho es de condena", dijo la juez.  

También argumentó que los testimonios recopilados por la Fiscalía General al igual que los testimonios de los peritos forenses, corroboran que la joven cayó del vehículo que continuó transitando a esa hora de la madrugada por la calle 80 en el norte de Bogotá. 

Según la juez los hoy condenados "planificaron y ejecutaron el feminicidio de Ana María Castro", con base en eso la juez sentenció que deberán permanecer privados de la libertad durante 500 meses es decir 41 años y seis meses de prisión.  

"Se impondrá a Paul Naranjo y Julián Ortegón la pena de 500 meses de prisión en su condición de coautores penalmente responsables de la conducta punible de feminicidio agravado", dijo la juez. 

Además, quedarán inhabilitados para ejercer funciones públicas durante 20 años. 

Cabe recordar que, en los alegatos de conclusión, la Fiscalía General de la Nación pidió en su momento que los jóvenes fueran declarados culpables de los hechos que rodearon la muerte de Ana María Castro. 

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En su momento, la delegada de la Fiscalía a la juez del caso aseguró que el material probatorio que se recaudó logró evidenciar que Paul Naranjo y Julián Ortegón, cometieron el crimen que terminó con la vida de la víctima. 

"Paul Naranjo y Julián Ortegón cometieron el punible de feminicidio agravado cometido en contra de la humanidad de Ana María Castro, afirmación a la que se arriba con fundamento en las evidencias, el material sensible de prueba, la información legalmente obtenida y debatida en esta vista pública y es con fundamento al citado acervo probatorio que ha quedado demostrado de manera concluyente y más allá de toda duda razonable, que los señores Paul Naranjo y Julián Ortegón, fueron las personas que actuaron de manera directa en la comisión del delito de feminicidio agravado en contra de la joven Ana María Castro, delito ejecutado el día 5 de marzo de 2020", afirmó. 

La Fiscal también señaló que existen varias evidencias que quedaron grabadas en videos de las cámaras de seguridad de los lugares en los que estuvo departiendo la víctima con los condenados además de otras personas. 

También dijo que Paul Naranjo ejercía presiones contra Ana María Castro y que incluso en vida ella lo describía como un 'pretendiente intenso', también dijo que se evidencian hechos de violencia de género en los que también incurrió en su pasado Julián Ortegón. 

Recordó también los testimonios de dos exnovias de Ortegón que declararon ante la Fiscalía General y que alertaron sobre las agresiones físicas y psicológicas de las que aparentemente fueron víctimas. 

Se trata de las jóvenes María Camila Fajardo Ríos y María Camila Bonilla, quienes fueron víctimas, según la Fiscal, de violencia de género. 

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También resaltó que la víctima (Ana María Castro), se encontraba en un estado de indefensión puesto que había consumido bebidas embriagantes. Narró además que pese a las pésimas condiciones la obligaron a subir a la camioneta Kia que era conducida por Paúl Naranjo. 

“Su amiga Paula busca evitar que ella se suba al vehículo pero Paul, Mateo y Julián la obligan a subirse al vehículo”, destacó. 

También agregó que la joven se encontraba en estado de inferioridad y tenía, según expertos forenses, segundo grado de alicoramiento. 

"Ana María Castro se encontraba en claro estado de indefensión y los acusados tenían conciencia de su estado", señaló. 

Sostuvo la Fiscal que los únicos responsables de este delito son los investigados e indicó que "la mujer estaba embriagada en un vehículo atrapada y así fue lanzada desde el mismo". 

A su vez la Fiscal le manifestó a la juez que Mateo Reyes Gómez fue testigo del momento en el que cayó de la camioneta y alterado pidió ayuda. 

“El testigo dijo que fue bajado de la camioneta, posiblemente, por besarse con Ana María Castro. Dijo que ella quedó quieta, inmóvil luego de que arrancó el vehículo”, explicó la funcionaria del ente acusador. 

 "Todos los testigos respaldan la versión de que Mateo Reyes estaba desesperado pidiendo ayuda a otros carros luego de que se produjo la muerte de Ana María Castro", afirmó. 

Entre tanto, se evidenció que no existen rastros de un atropellamiento pues no se encontró material biológico, huellas de arrastre en el cadáver de la víctima o en el piso y que al contrario no quedó nada de eso. 

“No hay ningún golpe, ni fracturas o huellas de evitabilidad que se puedan relacionar con un atropellamiento”, se señaló en el juicio.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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