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Luisa Fernanda Ovalle fue asesinada en el parque del barrio Rincón de los Ángeles de la localidad de Kennedy
Luisa Fernanda Ovalle fue asesinada en el parque del barrio Rincón de los Ángeles de la localidad de Kennedy.
Colprensa

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la absolución de Hugo Zalabeta Sossa en el proceso que se adelantó en su contra por su presunta participación en el crimen de Luisa Fernanda Ovalle, ocurrido el 30 de noviembre de 2013 en la localidad de Kennedy de Bogotá.

En el fallo de segunda instancia se ratificó la inocencia de Zabaleta Sossa luego que el magistrado concluyera que no se presentaron pruebas fehacientes que demostraran su  participación en el ataque que le causó la muerte a la joven de 16 años.

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Durante su exposición, el magistrado le restó credibilidad al testimonio de Juan Gabriel Villabón Guarnizo, quien señaló directamente a Zabaleta Sossa de ser el hombre que intentó hurtarle el bolso a la víctima y quien, luego del forcejeo, la atacó en dos oportunidades con un chuchillo.
 

Sostuvo además que, hubo contradicciones e incoherencias en su declaración frente a lo que supuestamente vio mientras hacía sus necesidades fisiológicas.

“El lugar donde esta Juan Gabriel Villabón Guarnizo, haciendo necesidades y desde donde observó el suceso violento que desencadenó en la muerte de Luisa Fernanda y el lugar donde se encontró a la víctima, distancia que por demás es bastante superior a los 20 metros que separaban a los demás testigos del lugar de ocurrencia y que sin embargo, no le permitió observar claramente, las características del sujeto agresor”, señaló el magistrado. 

En la descripción que hizo el magistrado aclaró que era prácticamente imposible que hubiese podido identificar a una distancia de 130 metros a la persona que atacó y causó la muerte de la joven en la noche del 30 de noviembre de 2013.

“Cómo es posible que desde un punto de vista cuatro veces más lejano, se pueda identificar plenamente al victimario, máxime si se tiene en cuenta que desde el referido punto de observación del testigo hasta el parque iluminado, hay 79 metros aproximadamente y hasta el punto en el que ocurrió la agresión hay 130 metros, aspecto que sin lugar a dudas también afecta la valoración testimonial”, precisó.

El magistrado aseguró que no se logró demostrar la presencia de Zabaleta Sossa en la escena del crimen. “El hecho probado de su presencia en el lugar está en duda y en esas condiciones, se torna deleznable y también incierta la inferencia lógica de su posibilidad ejecutiva e igualmente, el hecho de residir en el sector genera ambivalencia en el punto de la conveniencia o inconveniencia de aventurarse a delinquir en donde hay probabilidades de individualización o reconocimiento”.

También mencionó que las otras pruebas recopiladas por la Fiscalía no fueron suficientes para demostrar su supuesta responsabilidad en el crimen.  

“Por otra parte, la prueba de cargo es insuficiente para predicar más allá de toda duda que Hugo Alejandro Zabaleta Sossa, es el autor del delito que le fuera imputado aunque conforme al testimonio de su pareja sentimental Daniela Rodríguez, ese día él se encontraba viendo un partido en un bar cercano al parque de Los Ángeles, en donde ocurrieron los hechos, lo cierto es que esa referencia territorial tampoco comporta verdaderamente el denominado hecho indicador de presencia en el lugar”, señaló. 

Frente al hallazgo de una navaja cuando Zabaleta Sossa fue capturado, el magistrado aseguró que eso no permite inferir que el procesado fuera un delincuente o que ese elemento cortopunzante fuera utilizado para atacar a las personas. “El Tribunal estima entonces que la sentencia de primera instancia debe ser confirmada; en mérito de lo anteriormente expuesto la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, resuelve confirmar la sentencia de fecha del 14 de noviembre de 2019, por medio de la cual el juzgado 42 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, absolvió a Hugo Alejandro Zabaleta Sossa por el delito de homicidio”, expresó el funcionario judicial. 

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Entre tanto, RCN Radio dialogó con la abogada Miriam Pachón, defensora del procesado quien celebró la decisión del alto tribunal. “No se encontraron  elementos materiales probatorios donde se pueda inferir que Hugo Zalabeta Sossa, hubiese cometido el hecho”.

También aseguró que fue deslegitimado el testimonio de Juan Gabriel Villabón Guarnizo por las incoherencias y porque además, ocho testigos más, controvirtieron sus declaraciones.

Finalmente, Pachón informó que se le solicitó a la Fiscalía General de la Nación que continué con la investigación para encontrar a los verdaderos responsables del crimen de Luisa Fernanda Ovalle, porrista de Millonarios ocurrido hace cerca de ocho años.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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