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Manifestaciones y marchas en Bogotá en medio del paro nacional.
Manifestaciones y marchas en Bogotá en medio del paro nacional.
AFP

La Corte Suprema de Justicia en su sala de Instrucción, programó para el próximo 26 de julio una audiencia privada de conciliación entre el senador Gustavo Petro y la congresista del Centro Democrático y partido de Gobierno, María del Rosario Guerra.

La audiencia de conciliación se da en medio de una denuncia penal que interpuso el excandidato presidencial contra la congresista, por los delitos de injuria y calumnia agravados.

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Lo anterior se da a raíz de unas acusaciones que hizo Guerra contra Petro, relacionadas a la protesta social que ya completa un poco más dos meses.

Según la denuncia de Gustavo Petro, la senadora lo señaló en dos trinos de recibir dineros del gobierno de Venezuela en cabeza de Nicolás Maduro y de la guerrilla del ELN, sin tener pruebas.

La denuncia se refiere a un primer trino de Guerra publicado el 01 de mayo, que dice lo siguiente:

También habla de un segundo trino con video, publicado en la cuenta de Guerra el 05 de mayo:

Petro aseguró ante la Corte Suprema que las afirmaciones de Guerra en su contra son falsas, que la congresista no tiene pruebas y que le afectaron sus derechos fundamentales

“Lo que persigue la senadora Guerra es inducir dolosamente en la mente y subconsciente de las(os) ciudadanas(os) una imagen deshonrosa sobre mí, con el único fin de afectar mi honor, honra y decoro”, se lee en uno de los apartes de la demanda. 

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Sobre el video, Petro le dijo a la Corte que “es claro que por ningún lado aparezco participando, incitando u organizado los tales “ataques terroristas urbanos y premeditados” como falazmente lo deja entrever el video, a partir del cual la senadora Guerra difunde sus informaciones falsas para que la opinión pública las considere como veraces”.

Por hechos relacionados con las protestas, la Corte revisa otras denuncias contra Gustavo Petro. En una reciente decisión, ese tribunal decidió rechazar una de esas denuncias, con ponencia del magistrado Misael Rodríguez.

Una de ellas indicaba que Gustavo Petro, el congresista Gustavo Bolivar y algunos integrantes del Comité del Paro, supuestamente habían desencadenado “actos de vandalismo, violencia, disturbios, (…) atentados contra la vida e integridad personal de miembros de la Fuerza Pública”, violando además las medidas de aislamiento por el coronavirus.

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La Corte determinó que las razones de las denuncias “eran tan abstractas”, que no pueden constituirse para iniciar un proceso penal.

En otras palabras, las denuncias no explican concretamente cuales fueron las acciones de los congresistas para investigarlos por los delitos denunciados

“Solamente se circunscriben a destacar sus posiciones de liderazgo y notoriedad para, a partir de allí, predicar una promoción de la manifestación pública y un supuesto control de los resultados de dichas manifestaciones”, destaca la decisión de la Corte Suprema.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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