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Una familia comparte tiempo de calidad
Una familia comparte tiempo de calidad
Ingimage (Referencia)

El caso de una trabajadora en España que fue indemnizada ante la negativa de su empleador de concertar un horario laboral, abrió el debate en el país. 

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en España llevó a una empresa al pago de 3.125 euros por daños morales a una de sus empleadas por la denegación sin fundamentos de la adaptación de su horario en el trabajo, al considerar que se le vulneró el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Iván Daniel Jaramillo Jassir, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, explicó que la mujer “había justificado cuál era el horario de la guardería en la que había matriculado a su bebé de cinco meses y que su marido viajaba por motivos laborales, lo que obligó a la empleada a judicializar su derecho a conciliar, sin poder compatibilizar de forma adecuada y óptima trabajo y familia”.

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Por su parte, el Tribunal de Canarias en su fallo señaló que “el derecho a la indemnización se reconoce desde una perspectiva de género porque la protección de la mujer no se limita a la de su condición biológica durante el embarazo y después de este, sino que se extiende a las potestades organizativas del empresario que debe evitar las consecuencias físicas y psíquicas que pueden tener las medidas discriminatorias que adopte”.

Frente a este caso, se plantea cómo está el panorama en Colombia y si en el país ¿están preparados los empleadores para conciliar con sus empleados el horario de trabajo, como por ejemplo, ajustar el tiempo laboral con la entrada o salida de los hijos del colegio?  

Actualmente, no existe una norma que permita hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, como en el caso de algunos países, sin embargo, en el Congreso cursa un proyecto de ley que determina los lineamientos para elaborar una política pública que concilie las responsabilidades familiares con la vida laboral.

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Según Jaramillo, el país debería regular la jornada de trabajo para permitir la conciliación de la vida familiar y laboral, al explicar que “es necesario estructurar una política de intervención para promover la equidad con enfoque de género para cerrar la brecha entre hombres y mujeres en materia de tiempos de ocio, dada la ausencia de reconocimiento de las actividades de cuidado no remunerado de las mujeres  que deriva en dobles jornadas para atender las tareas laborales y las del hogar”.
 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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