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La Corte estudió el caso de un inversionista de Interbolsa
Cortesía

En una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre el desfalco de Interbolsa, se determinó que las comisionistas no pueden tener potestad sobre las acciones de los inversionistas y por consecuencia, no pueden venderse sin previa autorización del propietario.

La Corte estudió el caso de un inversionista de Interbolsa, que se vio perjudicado por el escándalo financiero, al perder todo su dinero invertido en acciones, por cuenta de la venta improvista que realizó la comisionista.

El inversionista señaló que Interbolsa enajenó sin permiso todo su portafolio, estimado en poco más de mil 281 millones de pesos.

Las ventas se hicieron sin que mediara orden en fechas de registro bursátil en 2006 (…) época en que se produjo la caída más abrupta en el precio de las acciones negociables en bolsa durante 2006”, dijo la Corte.

Aunque la comisionista se oponía a los argumentos de la víctima, la Corte comprobó que no existe ningún tipo de prueba “como lo exigen las normas del mercado de valores”, donde se verifique la orden impartida por el inversionista para la ‘venta o liquidación del portafolio’.

La Corte advirtió en su sentencia que “las operaciones repo son de alto riesgo, están aprobadas y reglamentadas, con delegación a las firmas comisionistas del cumplimiento de las normas para ofrecer la seguridad jurídica para que el mercado de valores funcione con la máxima perfección posible”.

Sobre el caso concreto, la Corte señalo que “aunque el demandante se vio afectado por la baja en los precios de las acciones, el constituir las garantías le daba el derecho de conservar su posición en espera de una posterior recuperación que le fuera menos lesiva”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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