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Salvatore Mancuso.
Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar.
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La Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo que ordenó la entrega de la finca Leningrado para reparar a las víctimas reconocidas del excomandante paramilitar Salvatore Mancuso.

Se comprobó que la finca estaba a nombre de Diana Cecilia Álvarez Serna, exmiembro del Bloque Mineros de las Autodefensas (AUC), al reconocer ante la justicia que su hermano Oliverio Álvarez trabajaba con Sor Teresa Gómez Álvarez, gerente de la Fundación para la Paz de Córdoba (Funpazcor), la empresa ilegal de los hermanos Castaño para despojar las tierras de los campesinos.

En las mismas declaraciones de Álvarez Serna se pudo comprobar que su compañero permanente, Luis Ángel Gil, era familiar de los hermanos Castaño Gil y fue él quien la obligó a firmar los documentos de compra venta de la finca para que figurara como propietaria. No obstante, nunca tomó posesión de la tierra y tampoco la conoció, pero firmó los papeles como parte del plan de apropiación ejecutado por los paramilitares.

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Incluso, las investigaciones dieron como resultado que la finca hacía parte de la Reserva Horizontes, conformada por 43 predios, 23 de los cuales estaban registrados a nombre de terceros pero el real propietario era Vicente Castaño.

La Corte estudió un recurso de apelación que interpuso el representante legal del predio, Jorge Andrés Osorio Valencia, a la decisión del Tribunal de Justicia y Paz de Bucaramanga que embargó la tierra para que fuera entregada a las víctimas del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso.

Además, concluyó que la finca ubicada en el corregimiento Santa Catalina del municipio de San Pedro en el Urabá, fue adquirida de manera ilegal por personas cercanas a ese grupo paramilitar.

Así las cosas, se indica en la sentencia que Sor Teresa Gómez presionó la firma de esos documentos para la adquisición de este predio y se rechazó la tesis de que no existió ningún despojo; además, que el inmueble citado sí tenía relación con las AUC de Castaño y Salvatore Mancuño.

“Vicente Castaño Gil, uno de los máximos responsables de las AUC, adquirió entre 1994 y 2003 cientos de bienes en la zona de Urabá y en el departamento de Córdoba, cuya titularidad puso a nombre de diferentes personas”, dice el fallo de la Corte conocido por RCN Radio.    

La Corte, igualmente, tuvo en cuenta que en la ley 975 de 2005 (de Justicia y Paz) se señala que todos los postulados de las AUC deben entregar, ofrecer o denunciar todos los bienes adquiridos por el grupo armado ilegal", de forma directa o por interpuestas personas”.

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Debido a que ese bien no fue mencionado por Salvatore Mancuso, la Fiscalía tuvo que adelantar un proceso de investigación para identificarlo y realizar el proceso “transicional en procura de garantizar la reparación de las víctimas”.

La Corte negó el levantamiento de medidas cautelares que cobijaban la finca y ordenó que el proceso para la reparación a las víctimas siga su curso.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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