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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia a 10 años y 11 meses de prisión al exrepresentante a la Cámara, Luis Enrique Salas, por exigir a dos miembros de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) parte de su salario para mantenerles el empleo, en hechos ocurridos entre 2002 y 2011.

En medio de la condena, ese tribunal también lo sancionó con una inhabilidad para ejercer cargos públicos de 103 meses y el pago de 200 salarios mínimos como multa por cometer ese delito.

“La sala de primera instancia también condenó al excongresista a pagar a la trabajadora víctima de su conducta, la suma de 302 millones de pesos por los daños causados y una reparación de 68 millones de pesos al otro colaborador afectado”, señala uno de los apartes del fallo.

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“El entonces congresista indujo a dos de sus colaboradores, que además eran integrantes de la Iglesia Cristiana “En tu Presencia” de la cual él era pastor, para que le entregaran parte de su salario mensual con la promesa de mantenerlos vinculados a su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL)”, explicó la Corte en la sentencia.

Para el tribunal, el entonces congresista y pastor de iglesia cristiana, abuso de su cargo en el Congreso y de sus funciones.

“Ejecutó actos de poder tendientes a exigir indebidamente a dos de los trabajadores de su Unidad de Trabajo Legislativo la entrega de parte del salario que percibían como funcionarios del Congreso de la República (…) Él les asignó funciones típicas como miembros de su UTL, las cuales desempeñaban en la sede de la Iglesia Cristiana “En Tu Presencia” en la que los dos colaboradores profesaban su fe, instalaciones en las que además funcionaba la oficina política del entonces representante”, reiteró ese tribunal.

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La Corte Suprema de Justicia también señaló que el entonces congresista “se aprovechó no solo de su investidura, sino de la posición de líder que ocupa en la Iglesia Cristiana, así como de las necesidades de los mencionados excolaboradores y miembros de la congregación religiosa a las que no era ajeno, para usarlos a su favor y obtener de estos un provecho para sí, con pleno conocimiento de que su actuar se adecuaba al tipo penal imputado (…)”. 

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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