Condenan a exgobernador del Huila por corrupción en contrato que debía beneficiar a niños
El millonario convenio tenía por objeto la construcción de una piscina para favorecer a menores.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 4 años y dos meses de cárcel al exgobernador del Huila, Juan de Jesús Cárdenas Chávez, por estar implicado en graves irregularidades detectadas en un millonario contrato que buscaba favorecer a los menores en ese departamento.
En la sentencia los magistrados destacaron la gravedad de los hechos por afectar la construcción de una piscina pública, destinada a tener en cuenta el interés superior de los niños y niñas del departamento.
Los magistrados encontraron responsable al exfuncionario como autor del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
“De conformidad con el Artículo 44 de la Constitución Política existe la obligación superior de proteger a los niños y niñas, con el propósito de garantizar su desarrollo armónico e integral”, señala la sentencia.
Lea también: Crudos testimonios de menores reclutados por el ELN y las antiguas Farc
La decisión señala que, “se debe recriminar con dureza la conducta omisiva desplegada por el exgobernador en el contrato estatal que iba a beneficiar con la construcción de una piscina a los menores del Departamento del Huila (en el municipio de San Agustín), pues con ello relegó el interés de los niños, el cual debía prevalecer”.
“Para la Sala, si bien todo tramite contractual estatal debe estar en estricto apego de la normatividad, cuando se trata de obras destinadas a niños debe mediar un mayor celo, de ahí que en este caso como se trataba de una obra que beneficiaría a los niños, Cárdenas Chávez debía observar una mayor diligencia”, destaca otro de los apartes de la decisión.
El exgobernador fue hallado culpable en primera instancia por las irregularidades detectadas durante el trámite y la firma del contrato No. 586 de 2002, suscrito por el secretario de Vías e Infraestructura del departamento como su delegado y cuyo objeto era construir la piscina para niños en San Agustín.
En desarrollo de la investigación, la Fiscalía logró probar a la Corte Suprema de Justicia que el exgobernador omitió de manera dolosa cumplir con su deber de supervisar y vigilar la actividad contractual delegada a su secretario de Vías e Infraestructura.
Puede leer: FF.MM. deben estar involucradas en procesos de paz con grupos armados: minDefensa
La Corte Suprema aseguró que los investigadores establecieron que en el trámite del contrato no hubo planeación y prueba de ello, es que carecía de estudios técnicos serios.
Dentro de los hallazgos se descubrió que esta falta de planeación conllevó a que se contrataran mayores cantidades de obra, adicionando valores que incluso superaron el 100 % del costo inicial del contrato.
Sin embargo, el tribunal agregó que contra esta sentencia procede el recurso de apelación.
Sistema Integrado de Información