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MAGISTRADOS DEL CONSEJO DE ESTADO
MAGISTRADOS DEL CONSEJO DE ESTADO
Inaldo Perez

El Consejo de Estado condenó al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional por la muerte de un uniformado que prestaba su servicio militar, en medio de un ataque de extinta guerrilla de las Farc en el departamento de Arauca, en el 2010.

La condena es indemnizatoria, es decir, que esas entidades del Gobierno deberán reparar en 390 millones de pesos a los familiares del uniformado fallecido.

El ataque de las Farc ocurrió el 11 de julio de 2010 en la vereda Sinaí del municipio de Arauquita (Arauca), cuando el soldado prestaba el servicio militar en la octava brigada del Batallón Energético y Vial Juan José Neira Velazco.

Según los hechos, ese ataque sucedió cuando el soldado iba de camino hacía una torre de Interconexión Eléctrica (ISA), que estaba bajo custodia del batallón del cual hacía parte.

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Los familiares del uniformado demandaron a la Nación el 5 de diciembre de 2011, en busca de una indemnización por los daños morales y psicológicos de los que fueron victimas por la muerte de su familiar.

“El daño es imputable al Ejército Nacional, porque expuso a la víctima a una actividad peligrosa la cual no asumió de forma voluntaria, pues estaba prestando el servicio militar obligatorio que se realiza en beneficio de la comunidad”, se indicó en la demanda.

El casó pasó por el Tribunal Administrativo de Arauca que condenó a una indemnización que rodeaba los 243 millones de pesos. Sin embargo, el Ejercito apeló la decisión, al considerar que había personas (familiares de la víctima) que supuestamente no se merecían la reparación, por cuanto “no demostraron el perjuicio moral causado con la muerte de la víctima”.

Al estudiar el caso, el Consejo de Estado negó esa apelación, mantuvo la condena y aumentó el monto de indemnización a todos los familiares del soldado que dijeron ser victimas por su muerte.

“La cercanía y lazos afectivos que estas personas mantuvieron con la víctima directa de los hechos acreditan que su pérdida les generó un daño moral que debe ser reparado”, apuntó el Consejo de Estado.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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