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ESCOBAR GIL
El exmagistrado de la Corte Constitucional, Rodrigo Escobar Gil.
Colprensa

Tras resolver un recurso de apelación presentado por la Fiscalía, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a cuatro años de prisión al exmagistrado de la Corte Constitucional, Rodrigo Escobar Gil por su participación en el escándalo de Fidupetrol. 

En el fallo de segunda instancia, la Sala Penal revocó el fallo que emitido por el juzgado 23 de conocimiento de Bogotá el pasado 15 de septiembre que absolvió al expresidente de la Corte por el delito de tráfico de influencias en servidor público.  

El Tribunal Superior determinó que existen pruebas para determinar que Escobar Gil se reunió con un grupo de magistrados para que seleccionaran la tutela presentada por Fidupetrol S.A. en contra del fallo que le ordenaba pagar una millonaria multa.  

El ente investigador sostuvo que Fidupetrol contrató a Escobar Gil para que los asesorará judicialmente en este pleito judicial para que se anulara el fallo emitido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema para que pagara una multa de 23 mil millones de pesos.

Aprovechando su cercanía a varios magistrados de la Corte Constitucional, fijó un cita en un restaurante con los entonces togados Mauricio González Cuervo -quien denunció los hechos ante la Comisión de Acusación- y Jorge Ignacio Pretelt -procesado actualmente por estos hechos- para hablar del tema. 

El fin de esta reunión era comentarles la necesidad de estudiar dicha acción judicial en Sala Plena. En diferentes oportunidades el exmagistrado aseguró que no existió nada ilegal en su conducta puesto que esto hacía parte de sus roles como abogado.  

En el estudio de la apelación, el Tribunal avaló la declaración del abogado Víctor Pacheco -condenado tras firmar un acuerdo con la Fiscalía General- quien señaló la labor que ejerció Escobar Gil en este proceso.

Según el jurista barranquillero, el exmagistrado habría sido clave en la entrega de los 500 millones de pesos que giró Fidupetrol con el fin de que la tutela fuera seleccionada para su estudio y posteriormente se avalaran sus pretensiones.

La Sala Penal le negó el benefició la prisión domiciliaria y además le impuso una inhabilidad para el ejercicio de actividades públicas por el mismo tiempo.

Sin embargo, el Tribunal Superior determinó que no era necesario emitir una orden de captura en su contra puesto que el procesado puede presentar un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia. 

Fuente

RCN Radio

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