Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó la captura del exagente del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Wiston Alexander Ramírez Bonilla. La decisión se tomó después de tumbar el fallo que lo había absuelto por el delito den homicidio agravado.

Tras resolver el recurso de casación, el alto tribunal determinó que Ramírez Bonilla le había disparado en la cabeza de manera injustificada a un sicario del Bloque Vencedores de Arauca de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en hechos registrados en la tarde del 2 de noviembre de 2004.

Lea además: Así avanzan las movilizaciones en las diferentes ciudades del país

En los hechos materia de análisis, el alto tribunal concluyó que pese a lo dicho en los fallos de primera y segunda instancia en este caso no se presentó una legítima defensa puesto que el sicario estaba totalmente desarmado y había manifestado su intención de entregarse a las autoridades.

Para la Corte, existen tres testimonios de agentes de la Policía que participaron en el operativo para capturar al sicario que señalaron que pese a que estaba de rodillas y totalmente desarmado el agente del DAS le pegó un disparo en la cabeza a muy corta distancia.

“(Fabio Nelson Rivera) no puso resistencia, yo le había ordenado que pusiera el arma en el suelo donde yo la pudiera observar y él ya venía con las manos en alto (…) el man se me entregó fue a mi, pero el man estaba en el suelo (sic)”, relató uno de los patrulleros de la Policía.

Lea también: Familiares del atentado al avión de Avianca piden reactivar la investigación

El mismo uniformado aseguró que pese a la tensión que se vivió en el intento de captura, el cual incluyó la toma de una rehén, aseguró que cuando llegaron los agentes del DAS el sicario ya estaba totalmente desarmado y no representaba ninguna peligrosidad.

Desde el primer momento, resalta la Corte, el patrullero fue coherente en detallar los hechos que se vivieron, así como la descripción del agente del DAS que le propinó el disparo al sicario. En este punto le restó credibilidad a los fallos anteriores que rechazaban la declaración de este testigo.

“Desde esa óptica, resulta irrazonable exigir de quien en el curso de casi diez años acude a las autoridades en múltiples ocasiones a rendir testimonio que realice siempre exposiciones idénticas respecto de lo percibido. Una situación contraria, de absoluta coincidencia entre las plurales versiones, parecería – eso sí – sospechosa, pues indicaría que el deponente se ha aprovisionado de un relato preconcebido”, precisó la Corte.

Le puede interesar: Medicina Legal advierte que este año han sido violentadas más de 98 mil mujeres

En el análisis jurídico, la Corte determinó que se intentó evadir la responsabilidad del procesado cambiando las versiones de los hechos investigados e intentando justificar su accionar como un “acto de legítima defensa”.

Debido a esto se compulsaron copias para investigar a un mayor de la Policía por el delito de falso testimonio.

Fuente

RCN Radio

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.