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JULIÁN BEDOYA
El representante a la Cámara, Julián Bedoya.
Colprensa

El Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura contra el senador Julián Bedoya Pulgarín. El alto tribunal determinó que las inasistencias del congresista liberal estaban justificadas con excusas médicas y compromisos relacionados con sus actividades políticas.

En el fallo de 29 páginas, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo sostuvo que en la demanda solamente se fijaba la “inasistencia” como motivo de la “muerte política” del senador, sin ir más allá, ni citar, de manera clara, las sesiones a las que no asistió o en las que solamente puso su huella y se retiró con posterioridad.

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“Se observa que las excusas médicas presentadas se encuentran dentro de la causa de justificación denominada ‘incapacidades físicas comprobadas’, toda vez que se concedieron por enfermedad al congresista Julián Bedoya Pulgarín, incapacitándolo de forma temporal para permanecer en las reuniones plenarias y poder cumplir con los deberes legislativos”, precisa la decisión.

La Sala citó que todas las incapacidades médicas fueron emitidas por el “médico del Congreso y no fueron tachadas en la actuación”, situación por la cual tiene total validez en el debate jurídico.  

Igualmente, se pone de presente el hecho que Bedoya, en algunas sesiones, manifestó que se tenía que retirar para cumplir compromisos con la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, la cual presidía.

“Los retiros para cumplir asuntos en la Comisión de Investigación y Acusaciones deben ser valoradas como autorizaciones expresas otorgadas con el propósito de atender funciones concernientes al ejercicio de su condicional congresional. En otras palabras, encaja en la excusa válida denominada ‘autorización expresada por la Mesa Directiva o el presidente de la respectiva Corporación”, indica.

En el último acápite se señala que la Constitución fija una base del número de sesiones a las que no haya asistido el congresista para declarar la pérdida de investidura. En este caso se manifiesta que Bedoya no faltó a más de seis debates en el Congreso por lo que no incurrió en los causales de pérdida de investidura.

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“La inasistencia a un número menor de sesiones, o a sesiones plenarias en las cuales no se vote ese tipo de iniciativas o a las sesiones que se realicen en las comisiones, no tiene ninguna relevancia en materia de la pérdida de investidura, sin perjuicio de la incidencia que ello pueda tener en el ámbito disciplinario y fiscal”, precisa.

“Lo anterior para señalar, que las pruebas documentales de los certificados médicos y de retiros para cumplir asuntos en la Comisión de Investigación y Acusaciones son excusas válidas, por tanto, no se da el número mínimo de reuniones plenarias en un mismo periodo de sesiones preceptuado por el ordinal 2.º del artículo 183 Superior, para continuar con el estudio de la pérdida de investidura”, concluye el Consejo de Estado.

El demandante había manifestado que Bedoya Pulgarín había faltado, entre los años 2014-2018 a 43 sesiones plenarias sin ningún tipo de justificación. “Las ausencias obedecen en su mayoría a la modalidad de registro de huella al inicio de la sesión y posterior ausencia del recinto, por cuanto no se evidenció registro de intervención ni participación en la votación nominal”.

En el debate jurídico un magistrado presentó salvamento de voto, considerando que las inasistencias y faltas del congresista no estaban totalmente justificadas, reseñando que llamaba la atención las reiteradas excusas médicas.

Investigación disciplinaria

La Procuraduría General citó a juicio disciplinario a Julián Bedoya por las presuntas irregularidades que rodearon la obtención de su título como abogado en la Universidad de Medellín. El Ministerio Público busca establecer si existieron fallas en los exámenes que realizó y en la forma en la que habría logrado en tiempo récord su título.

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El Ministerio Público señaló en el pliego de cargos emitido en diciembre pasado que el congresista realizó, de manera extraña, tres exámenes preparatorios en la facultad de Derecho en un solo día, obteniendo un “nivel de éxito del 100 %”. Además de esto logró notas sobresalientes en las pruebas de idiomas y el examen de Estado pese a que no había cumplido los prerrequisitos exigidos.

Por estos hechos enfrentan un proceso penal el exrector de la Universidad de Medellín, Néstor Hincapié (quien renunció a su cargo esta semana); a la secretaria académica de la Facultad de Derecho, Yolanda Cossio; al subsecretario general de la Universidad, Juan Felipe Hernández; y a los profesores John Mario Ferrer, Juan Carlos Hoyos, Saúl Benítez, Julián Rendón y Paola Cataño.

Fuente

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