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CONSEJO DE ESTADO
Colprensa

En un informe publicado por el diario El Tiempo, se indica que el Consejo de Estado estaría desconociendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el tema de las megapensiones y que se encuentra establecido desde el año 2013, según afirma ese medio de comunicación "El Consejo de Estado resolvió una tutela a favor de Lidia Mireya Guerrón contra el Tribunal de Nariño y ordenó que el ingreso base de liquidación de su pensión se hiciera con el promedio de todas las sumas devengadas durante el último año". 

Sin embargo y cuando la Corte Constitucional debatió sobre el asunto, señaló bajo el derecho a la igualdad en Colombia, que "nadie podía superar el tope de 25 salarios mínimos en su mesada, todas las liquidaciones se debían hacer con el promedio del sueldo de los últimos 10 años de trabajo sin tener en cuenta lo devengado durante los últimos 12 meses de trabajo".  

Pero en el mismo sentido, El Consejo de Estado explicó que "quienes estén en el régimen de transición se les tasará la pensión con los criterios del artículo 3 de la Ley 33 de 1985 (promedio del último año), y no con el 21 de la Ley 100 de 1993 (promedio de los últimos 10 años)" afirma el diario El Tiempo. 

Por lo pronto se habla de que en caso de no hacerse una unificación de criterios jurídicos en dicha materia, los jueces podrían confundirse al momento emitir sentencias e incluso podrían prevaricar, sin embargo lo más grave es que las determinaciones causarían un choque entre el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en caso de continuar siendo reiterativas. 

Fuente

RCN Radio

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