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Guillermo Rivera
Guillermo Rivera, ministro del Interior.
Foto: Colprensa

Con ponencia de la magistrada Stella Conto Díaz, la sala especial de decisión número 7 del Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura contra el ministro del Interior, Guillermo Rivera, al considerar que él no estaba en la obligación de ocupar una curul en el Congreso. 

Según la demanda, Rivera había violado la ley al no posesionarse como senador dentro de los ocho días siguientes a la fecha en que fue llamado a ocupar la curul de senador por el Partido Liberal, vacante por la renuncia de la senadora Viviane Aleyda Morales Hoyos 

La sala consideró que debido a que Rivera no era el primero en la lista para ocupar dicho cargo, no estaba obligado a hacerlo. 

“Diferencia del deber de tomar posesión que recae sobre el congresista elegido, a la persona de la lista electoral que es llamada a ocupar la curul vacante le asiste la facultad de decidir sobre la aceptación sin que a estos efectos esté limitada su voluntad por razones de fuerza mayor, exigidas por la Constitución política para excusar la toma de posesión”. 

Rivera fue llamado el 19 de enero de 2018 a posesionarse en la curul vacante, sin que embargo expresó su renuncia a ocupar la curul debido a que estaba llamando por el Gobierno a ocupar otros cargos administrativos “mi decisión correspondió a una reflexión de responsabilidad con el país”, señaló Rivera en audiencia de pruebas celebrada el pasado 7 de mayo. 

Ante dicha respuesta, la Corporación señaló que “tenía la vocación para ser llamado y manifestó oportunamente al Senado de la República su decisión de no aceptar el llamado, como en efecto podía decidirlo, no se configuró la causal de pérdida de investidura invocada”.

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