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Hacinamiento carcelario
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El Consejo de Estado ordenó que el municipio de La Celia (Risaralda) deberá implementar como administración las diferentes acciones necesarias encaminadas a poner freno al hacinamiento carcelario que enfrenta el departamento.

“La decisión obedece a una acción popular por medio de la cual la alta corte determinó que el ente territorial ha venido desconociendo los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas y al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública de la población carcelaria retenida en las penitenciarías de Risaralda”, señaló el Consejo e Estado.

La demanda fue instaurada por parte de la Defensoría Regional de Risaralda con el fin de que el juez ordenara al municipio, a la Gobernación y al Ministerio de Justicia tomar las medidas de su competencia para construir un centro de reclusión para personas cobijadas con medida de aseguramiento preventivo, ya que la población no cuenta con uno.

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En una primera instancia, el Tribunal Administrativo de Risaralda negó las pretensiones de la demanda.

A juicio de los magistrados, no se demostró que las entidades demandadas hubieran incurrido en acciones u omisiones que violaran derechos colectivos, al no hacerse efectiva la construcción de un centro de reclusión para los detenidos preventivamente en La Celia.

Sin embargo, la Defensoría Regional interpuso el respectivo recurso de apelación contra la decisión del Tribunal.

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Según la Defensoría, en una sentencia del 11 de julio del 2019 el propio Consejo de Estado, puso en evidencia las precariedades y dramas derivados del hacinamiento que se vive en las tres cárceles del departamento de Risaralda.

“Esto  demuestra que el no haber construido una penitenciaría para que se cumplan las medidas de aseguramiento dictadas en La Celia contribuye a esa vulneración de derechos”, indicó la Defensoría.

 El Consejo de Estado determinó  que si bien los entes territoriales deben hacerse cargo de todo lo concerniente a las cárceles, ello no implica que, necesariamente, deba existir una penitenciaría en cada uno de ellos. 

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Aclaró que si bien en la acción popular del año pasado se ordenó al Ministerio de Justicia, al departamento, al Inpec y al Uspec tomar medidas para aliviar el hacinamiento carcelario que vivía la región, debían hacerlo adoptando las medidas que, en ejercicio de su autonomía, consideraran pertinentes y no exclusiva y concretamente el construir infraestructura carcelaria.

El Consejo de Estado concluyó que el ente territorial sí está desconociendo los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas y al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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