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La condena deberá cumplirse en centro carcelario designado por el Inpec.
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El Consejo Superior de la Judicatura anunció una prórroga a la suspensión de términos judiciales a partir de este lunes 27 de abril hasta el próximo 10 de mayo de 2020, como consecuencia de la emergencia que ha generado la COVID-19. 

El tribunal también informó que se aplicarán algunas excepciones en determinados procesos y especialidades, en materia penal, civil y familiar. 

"En aras de continuar garantizando la salud de servidores y usuarios de la Rama Judicial, en virtud de la emergencia de salud pública de impacto mundial y por fuerza mayor, el Consejo Superior de la Judicatura considera necesario superar la suspensión de los términos judiciales", indica el documento del Consejo. 

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Las acciones de tutela y habeas corpus se exceptúan de la suspensión de términos, pero se aclara que la recepción de los mismos se harán a través de correo electrónico. 

"Se exonera del reparto de acciones de tutela y de habeas corpus a los juzgados penales municipales con función de control de garantías del Sistema Penal Acusatorio y de Ejecución Penas", indica la normativa expedida. 

Otros procesos exonerados son el control constitucional de decretos legislativos, al igual que se exceptúan algunos temas puntuales en materia penal, civil, de familia, laboral y disciplinaria.

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“Se atenderán las audiencias de legalización de captura, formulación de imputación y solicitudes de medidas de aseguramiento de detención. También se deberán procesar las peticiones de libertad, las cuales se adelantarán de manera virtual”, indica el documento. 

En caso de que la cuarentena se siga prorrogando hasta culminar el periodo de emergencia, que terminaría el próximo 30 de mayo, es posible que se mantenga la suspensión de los términos judiciales en el país. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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