Contralor General de Boyacá fue sancionado por viaje turístico a Panamá
La Procuraduría General determió que Pablo Augusto Gutiérrez avaló de manera injustificada un contrato.
El saliente contralor general de Boyacá, Pablo Augusto Gutiérrez Castillo fue sancionado por cuatro meses de su cargo por su participación en las irregularidades en la firma de un contrato de servicios para realizar una actividad turística en Panamá.
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El contrato, que tuvo un valor de 137 millones de pesos, fue aprobado y celebrado de manera directa por parte del Contralor General desconociendo -según señala el Ministerio Público- de los principios de contratación.
Procuraduría suspendió al contralor general de Boyacá
— Procuraduría Colombia (@PGN_COL) 30 de diciembre de 2019
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El órgano de control disciplinario determinó que no se contó con la debida planeación, pese a que se utilizaron recursos públicos de la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de los Servidores Públicos de la Contraloría General de Boyacá
"La actividad no se contempló en un programa de bienestar, y que los estudios técnicos no respondieron a las necesidades de la entidad, ni se adelantaron bajo criterios de equidad y eficiencia", precisó la Procuraduría.
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Igualmente, se llamó la atención sobre el hecho que los directivos del fondo no tenían claridad sobre el régimen aplicable a los recursos de la entidad.
Por estos mismos hechos fueron sancionados el secretario General, Enrique Monroy Pachón; a la directora Administrativa, Luz Ángela García Galindo; y a la subdirectora Financiera, Mónica Yasmith Buitrago Peralta, quienes fueron suspendidos por tres meses; y a los profesionales universitarios Yaneth López Pulido, Adolfo Quintana Cristancho y María Stella Rondón González, suspendidos por dos meses. En su calidad de miembros de la
Estos funcionarios aprobaron por unanimidad, la propuesta presentada por Servincluidos Ltda. para organizar, entre el 3 y el 5 de marzo de 2018, un viaje a Panamá para 73 funcionarios de la entidad.
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Las conductas fueron calificadas como faltas graves cometidas con culpa grave. "Los programas de bienestar responderán a estudios técnicos que permitan, a partir de la identificación de necesidades y expectativas de los empleados, determinar actividades y grupos de beneficiarios bajo criterios de equidad, eficiencia mayor cubrimiento institucional”.
Los procesados podrán presentar recurso de apelación contra el fallo emitido en primera instancia por la Procuraduría Sexta Delegada ante el Consejo Estado.
RCN Radio