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El coronel Alfonso Plazas Vega
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La Sala Penal de la Corte Suprema archivó la investigación que se adelantaba contra el la exfiscal Ángela María Buitrago y el procurador Henry Bustos por presuntamente haber incurrido en una irregularidad en la investigación que se adelantó contra el coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega por los desaparecidos del Palacio de Justicia.

Buitrago y Bustos habían sido denunciado por el excomandante de la Escuela de Caballería por el delito de falsedad ideológica en documento público por haberle dado validez a la declaración de una persona que se presentó como el cabo Édgar Villamizar Espinel.

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Plazas Vega consideraba que el verdadero cabo Villamizar se presentó ante las autoridades para manifestar que él nunca había dado dicha declaración, confesando que nunca tuvo conocimiento en la desaparición de civiles durante la operación de recuperación del Palacio de Justicia.

En este sentido señalaba que Buitrago había manipulado este testimonio con el fin de acusarlo directamente de ordenar desaparecer a un grupo de personas que salían de la edificación rumbo a la Casa del Florero.

El coronel en retiro aseguraba que esta declaración afectó directamente el juicio que se le adelantó por el delito de desaparición forzada, induciendo en error a la administración de justicia. 

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Sin embargo, la Corte Suprema consideró que no existían méritos para abrir un proceso formal contra la fiscal Buitrago y el procurador Bustos.

En el debate jurídico se considera que existen elementos materiales probatorios para inferir que Villamizar sí rindió su declaración ante una delegación de la Fiscalía General y entregó su versión sobre los hechos que rodearon la desaparición de un grupo de personas durante la operación de recuperación del Palacio de Justicia entre los días 6 y 7 de noviembre de 1985. 

"El referido testigo sí compareció y declaró en los testimonios", precisa la decisión. Para esto se citó la declaración de otros agentes y funcionarios que participaron en la receptación de la declaración del cabo en las instalaciones del Cantón Norte en agosto de 2007. 

En el fallo también se cita la decisión emitida en diciembre de 2015 con la cual se absolvió al coronel Plazas, tumbando los fallos que lo habían sentenciado a 30 años de prisión por su responsabilidad en la desaparición de once personas.

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En esa oportunidad la Sala de Casación de Corte Suprema de Justicia le restó credibilidad a la declaración de Villamizar al considerar que había incurrido en contradicciones de tiempo, modo y lugar frente a los hechos materia de investigación. 

 

"La Sala de Casación Penal dio por demostrado que el testimonio de Édgar Villamizar Espinel evidentemente se practicó, pero no le confirió crédito alguno por no encontrar eco en ningún medio de convicción", precisó dicho fallo. 

Fuente

RCN Radio

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