Corte avaló prueba del polígrafo para los concursos de acceso y ascenso en la Dian
La prueba debe aplicarse bajo condiciones estrictas como el consentimiento del concursante.
La Corte Constitucional dio visto bueno para el uso de la prueba del polígrafo en los concursos de acceso y ascenso en la Dirección Nacional de Estupefacientes (Dian).
El alto tribunal advirtió que el uso de esa prueba debe darse bajo condiciones estrictas como el consentimiento del concursante en esa entidad.
“Conforme a los protocolos que garanticen el respeto y efectividad de los principios constitucionales entre ellos el de la dignidad humana, y en general los derechos humanos”, sostuvo la Corte.
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Así las cosas, la prueba de polígrafo se realizará en la Fase I de los procesos de selección de ingreso y ascenso para el nivel profesional y otros niveles inferiores de carácter misional de la carrera de la Dian.
La Corte dijo que esa prueba no estaba prohibida para el acceso a cargos públicos y que es necesaria en las entidades donde el “capital intelectual que se seleccione tiene relación directa con la seguridad nacional, la seguridad del Estado”.
El alto tribunal se refirió a entidades como “las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la guardia penitenciaria o carcelaria y la Dirección de Inteligencia, con las áreas de investigación criminal o las que guardan relación con la confianza en el sistema monetario y en el sistema financiero”.
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Dicho pronunciamiento se dio al resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada por unos ciudadanos contra el Decreto ley 71 de 2020, por “el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.
En la decisión, los magistrados Diana Fajardo, Cristina Pardo, Fernando Reyes, y Alberto Rojas, salvaron su voto porque, en su concepto, “la permisión de incluir esta prueba en los concursos de ingreso y ascenso de la Dian para la provisión de cargos misionales es inconstitucional”.
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