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Delitos sexuales contra menores de edad
Delitos sexuales contra menores de edad
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La Sala Plena de la Corte Constitucional alista un fallo sobre el régimen de inhabilidades establecido para las personas que sean condenados por delitos sexuales contra menores de edad.

Ese tribunal busca definir si las medidas de ese régimen establecido a través de la ley 1918 de 2018, son regresivas o negativas para los condenados que cumplen con sentencias de ese tipo.

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De acuerdo con la demanda, esas inhabilidades podrían atentar contra “las expectativas de vida de los condenados en relación con un empleo y en consecuencia, limita su posibilidad de reintegrarse nuevamente a la vida en sociedad”.

Cabe mencionar que la demanda que fue interpuesta por un abogado investigador de la Universidad de Manizales, quien le pidió a la Corte Constitucional tumbar cuatro artículos de esa ley, en busca de respetar la dignidad humana de quienes son condenados por esos delitos.

El jurista advirtió que la norma tal cual como está, “etiqueta a un individuo que ya cumplió una pena e implica una humillación y un desbalance en el equilibrio social que impide que se realice una elección libre de un plan de vida”.

Uno de los artículos de la ley, permite al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) definir los cargos, oficios o profesiones que entran en esas inhabilidades, debido a que tienen relación directa o habitual con menores de edad.

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En medio del estudio de la demanda, la Corte Constitucional ha recibido varios pronunciamientos como el del procurador general, Fernando Carrillo, quien argumentó que la norma no implica una humillación a la persona condenada, ya que sus datos son protegidos por el Estado.

El procurador también señaló que la norma se creó con el fin de proteger a los menores de edad  y por tal razón, los condenados podrán escoger otro trabajo u oficio que no implique relación directa con menores, una vez estando en libertad.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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