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Andrés Felipe Arias
Andrés Felipe Arias, en 2013
Colprensa

La Corte Constitucional decidió tomarse más días para estudiar la tutela que presentó el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, con la que busca que una segunda instancia para que revise la condena en su contra de 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS).

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El magistrado Carlos Bernal solicitó la rotación del expediente, es decir copia de todo el proceso para estudiarlo con más detalle y así emitir su concepto.  

"No alcanzamos a decidir la tutela promovida por el doctor Andres Felipe Arias Leiva contra la Corte Suprema de Justicia, sala de casación penal. El debate continuará el miércoles de la semana", dijo el presidente de la Corte, el magistrado Alberto Rojas Ríos.

Expertos dicen que si la Corte llegase a tomar la decisión a favor del exministro, se abriría la puerta para que la Corte Suprema de Justicia entre a revisar por lo menos 245 condenas de aforados constitucionales emitidas antes de la norma que dio vida a las Salas de Primera Instancia.

Entrarían en ese grupo las condenas por las chuzadas del extinto DAS, entre ellas la del exdirector de esa entidad, Jorge Noguera; la exdirectora, María del Pilar Hurtado; y el exsecretario de la presidencia, Bernardo Moreno.

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También serían revisadas las condenas de aforados por vínculos con paramilitares, entre ellas la del exsenador Ciro Ramírez condenado por concierto para delinquir; la condena contra el exsenador Luis Alberto 'el Tuerto' Gil; la condena contra la excongresista Eleonora Pineda, y el exsenador por Córdoba, Miguel Alfonso de la Espriella, entre otros.

Otras fuentes señalan que posiblemente la Corte pida nuevamente al Congreso legislar sobre la revisión de las condenas de aforados para garantizarles su derecho a la doble instancia o a que un juez superior revise sus procesos. 

Precisamente en el Congreso ya está en trámite el proyecto de ley impulsado por el Centro Democrático que busca implementar la figura de la doble instancia o doble conformidad retroactiva.

Esa ley también abriría la puerta para que la Corte Suprema de Justicia revise las condenas de años posteriores a la entrada en vigor del Acto Legislativo 01 de 2018 que le dio vía a las salas de primera instancia.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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