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Agricultura
Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional dio vía libre al decreto 902 de 2017, por el cual se crean las bases para la transformación estructural del campo en el marco de la Reforma Rural contemplada en los acuerdos de paz firmado entre el Gobierno y las Farc.

El alto tribunal condicionó la norma con el fin de ampliar la inclusión a favor de las comunidades étnicas, negras, raizales, palenqueras, Indigenas, etc. 

En síntesis, la reforma rural, que busca transformar el campo, priorizará la población rural que ha sido víctima del conflicto armado interno y ha tenido dificultades para acceder a la tierra. 

De esta manera, la Corte dejó en firme la creación de un Fondo Tierras y un Registro Único de Solicitudes de Tierras para la población campesina y las comunidades étnicas, indígenas, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

También se crea el Subsidio Integral de Acceso a Tierra (SIAT) que podrá cubrir hasta el 100 del valor de la tierra o de los requerimientos financieros para la puesta en marcha de un proyecto productivo para los campesinos y población víctima.

El decreto establece que para la construcción del módulo de potenciales beneficiarios de programas de tierras, la Agencia Nacional de Tierras tendrá en cuenta la bases de datos de registros administrativos como el Sisben, Registro Único de Víctimas y el Registro de Tierras Despojadas. 

Con este decreto se beneficiarán todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos: 

1.  No poseer un patrimonio neto que supere los doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de participar en el programa de acceso a tierras.

2. No ser propietario de predios rurales y/o urbanos, excepto que se trate de predios destinados exclusivamente para vivienda rural o urbana

3. No haber sido beneficiario de algún programa de tierras.

4. No ser requerido por las autoridades judiciales.

5. No haber sido ocupante ilegal de predios baldíos. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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