Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Caza deportiva
Caza deportiva.
AFP

La Corte Constitucional definirá si saca del ordenamiento jurídico una serie de normas contenidas en el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Ley 2811 de 1974, arts. 248, 252 y 256), y el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989, arts. 8 y 30), que permiten la caza deportiva en el país.

En contexto: Procuraduría pide declarar la caza deportiva como inconstitucional

El despacho del magistrado Antonio José Lizarazo no la tiene fácil. En su despacho ya reposan varios conceptos en contra y a favor de las normas anteriormente citadas.

En uno de estos, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, firmado por el abogado Heider Danilo Téllez, pide exequibilidad de las normas, es decir que la Corte Constitucional las deja tal y como están.

En el extenso documento de 844 folios, el Ministerio expone una exhaustiva explicación sobre la caza y sus prácticas en el mundo, pero advierte que en el país “no se han otorgado permisos de caza deportiva en la última década”.

Pese a ello, el Ministerio señala que dado a que en país no existen cotos de caza, no se podrían tumbar normas que no la regulan. 

Le puede interesar: Procuraduría pidió medidas urgentes sobre el relleno Doña Juana

"Esto indica que la finalidad práctica perseguida con la demanda (…) no existe, ya que al pretenderse retirar del ordenamiento una norma que hace parte de una regulación de la caza deportiva,  lo que se conseguiría es debilitar la estructura normativa existente que solo permite este tipo de caza de manera excepcional”, precisa el documento. 

Sin embargo, la demanda es clara y señala que las normas son contrarias a las leyes ecológicas de protección animal, dado que deja por fuera de la protección a los animales silvestres. 

“No consideran a los animales silvestres dentro de los cotos de caza (…) como seres cuya existencia tenga valor en sí misma, sino que los reducen a un objeto, a una cosa de la cual se puede disponer”, añade. 

Laura Santacoloma, una de las demandantes, le manifestó a RCN Radio que cada vez hay más consciencia sobre el trato con los animales y sobre todo con del dolor que ellos padecen, el cual “no puede ser un dolor por recreación”.

Dijo que existen seis tipos de caza diferentes que tienen fines específicos para proteger a los animales, sin embargo la deportiva solo “se hace como recreación y ejercicio sin otra finalidad que su realización misma”, afectando a los animales.

Al respecto la Procuraduría General solicitó con urgencia retirar las normas que permiten “la muerte, tortura y mutilación de los animales exclusivamente para recrear al ser humano”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.