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Senador, Álvaro Uribe Vélez, radicó tres nuevos proyectos de Ley
Senador, Álvaro Uribe Vélez, del Centro Democrático.
Suministrada

La Corte Constitucional negó la petición que hizo el expresidente Álvaro Uribe para que se tumbara el fallo de noviembre del 2021, que concluyó que era imputado en el proceso de presunta manipulación de testigos.

Es decir, que la indagatoria que rindió el exsenador ante la Corte Suprema de Justicia, cuando era congresista, equivale a una imputación de cargos ante un juez ordinario, por parte de la Fiscalía.

Ese fallo se emitió tras estudiar una tutela que presentó el abogado de Uribe, buscando que no llamaran imputado a su cliente en ese proceso. El mismo abogado acudió a la nulidad de ese fallo, en enero, argumentando supuestos vicios en la decisión por supuesta falta de imparcialidad e independencia de los magistrados, tras filtraciones de la sala en la que se tomó la decisión y la ponencia que se estaba debatiendo.

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Sobre ese argumento, la Corte dijo que, “la discusión y decisión de la sentencia, en ningún momento vieron comprometida su imparcialidad e independencia como jueces, ni las de sus colegas compañeros de Sala (…) resultan carentes de fundamento las críticas y juicios de valor del nulicitante que cuestionan la imparcialidad del tribunal y de sus miembros”.

El abogado también citó las declaraciones de uno de los magistrados, cuando dijo en un medio de comunicación que a veces recibían llamadas de expresidentes de la República.

Sobre esa cuestión, la Corte señaló que, “es claro que lo manifestado por el magistrado ponente en la ronda de medios correspondió a una respuesta indeterminada sobre las tensiones a las que normalmente se ven sometidos los magistrados”.

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Para la Corte, los argumentos del abogado no son suficientes, ni concretos para tumbar la decisión contra Uribe. Incluso, la Corte dijo que los argumentos del abogado no cumplían “con la carga argumentativa” suficiente.

“Se concluye que el solicitante no logró imputar vicio alguno que incida de manera directa en el debido proceso o en la decisión adoptada, y por el contrario, se limita en su escrito a señalar sus interpretaciones subjetivas de la información divulgada por los medios de comunicación”.

En ese proceso de manipulación de testigos la Fiscalía deberá decidir si llama a juicio al expresidente o pide archivo del proceso por los presuntos delitos de frade procesal y soborno.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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