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Repatriación
Foto AFP

Con una votación de 6 a 3 la sala plena de la Corte Constitucional tumbó la prisión perpetua para violadores y asesinos de menores de edad.

La Sala acogió los argumentos de la ponencia de la magistrada Cristina Pardo quien se mostró de acuerdo con los argumentos de una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.

La demanda decía que el Acto Legislativo por el cual se creó la ley de cadena perpetua o la denominada ´Ley Gilma Jiménez´ desconocía la dignidad humana de los condenados.

La demanda también decía que la norma tenía vicios de forma en el trámite que tuvo en el Congreso dado a que supuestamente “se desconoció el principio de deliberación democrática, por desconocer – según la demanda – recusaciones en los debates séptimo y octavo desarrollados ante la Comisión Primera y la Plenaria del Senado de la República".

La decisión de la sala plena de la Corte se tomó con los votos de los magistrados Cristina Pardo como ponente de caso, Alberto Rojas Ríos, Alejandro Linares, José Fernando Reyes, Diana Fajado y Jorge Ibáñez.

Lea Corte inicia deliberación sobre una demanda contra cadena perpetua a violadores de menores

La norma decía que “de manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua". 

Pero establecía que en todo caso la condena podría ser revisada “en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado”.

En el Tribunal aun quedan en curso otras siete demandas contra la ley de cadena perpetua, entre ellas las que presentaron los senadores Iván Cepeda, Roy Barreras, Ángela María Robledo y la Comisión Colombiana de Juristas para quienes la ley tuvo vicios de trámite en el Congreso. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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