Corte define si la Policía puede o no ingresar a viviendas sin orden judicial
La Sala Plena del alto tribunal se reunirá en sesión extraordinaria este martes.

La Sala Plena de la Corte Constitucional se reunirá este martes en sala extraordinaria para definir si los policías pueden o no ingresar a las viviendas sin orden judicial, sobre todo en casos en los que exista exceso de ruido que pueda perturbar a los vecinos.
El debate se centra en la demanda contra uno de los artículos del Nuevo Código de Policía que, según los demandantes, violaría los derechos de los ciudadanos.
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Los magistrados empataron en las votaciones: cuatro magistrados estuvieron a favor de la norma sin condiciones y cuatro con algunas restricciones.
La demanda señala que la norma viola la Constitución, pues abre la posibilidad a que los uniformados ingresen a cualquier bien inmueble sin orden judicial.
“Desactivar temporalmente la fuente de ruido de un bien inmueble, se enmarca dentro de la atribución que les fue concedida a las autoridades de policía”, precisa el Nuevo Código de Policía.
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Sin embargo, la demanda señala textualmente que la norma “no establece un límite a la actividad de la Policía, pues se deja a discreción de los funcionarios transgredir derechos a la intimidad personal, a la familia o a la inviolabilidad del domicilio”.
Al respecto, la Procuraduría explicó que que la normativa nacional e internacional respecto a la inviolabilidad del domicilio dice que “este derecho no es absoluto, ya que no se puede convertir en un medio que facilite la comisión de actividades delictivas”.
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