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JINETH BEDOYA
Jineth Bedoya, periodista colombiana.
Colprensa

La Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabilizó al Estado colombiano por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, honra, dignidad y libertad de expresión en perjuicio de la periodista Jineth Bedoya Lima,  luego de los hechos ocurridos el 25 de mayo del 2000, cuando la comunicadora fue interceptada y secuestrada a las puertas de la Cárcel Modelo por paramilitares y sometida a un trato vejatorio y extremadamente violento, durante el cual sufrió graves agresiones verbales, físicas y sexuales. 

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La Corte IDH advirtió sobre la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los referidos hechos.  

Igualmente declaró la "responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley por la falta de debida diligencia a la hora de realizar las investigaciones sobre dichos hechos, el carácter discriminatorio en razón de género de dichas investigaciones y la violación del plazo razonable".  

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Por otro lado, la Corte IDH declaró "la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la integridad personal, honra y dignidad, libertad de expresión y garantías judiciales en perjuicio de la periodista por la ausencia de investigaciones sobre las amenazas que recibió con carácter previo y de manera posterior a los referidos hechos de 25 de mayo de 2000".  

Debido a esto, el tribunal internacional ordenó diversas medidas de reparación, entre otras: promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y en su caso, sancionar a los restantes responsables de los actos de violencia y tortura que sufrió Jineth Bedoya el 25 de mayo de 2000, así como los actos de amenazas que ha sufrido posteriormente a estos hechos. 

“Garantizar la difusión del programa trans-media “No es hora de callar”, el cual se transmitirá por el sistema de medios públicos, crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencia contras las mujeres basadas en el género que afectan a las mujeres periodistas, protegerlas en situación de peligro e investigar y enjuiciar a los perpetradores”, señala la sentencia.  

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El fallo también insta al Estado colombiano a crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado, diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra periodistas, así como de violencia basada en género contra mujeres periodistas. 

La Corte también insta a crear un Fondo destinado a la financiación de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia, así como la adopción de medidas eficaces de protección para garantizar la seguridad de las mujeres periodistas que se encuentran sometidas a un riesgo especial por el ejercicio de su profesión.  

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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