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Zona Rural de Ibagué
Suministrada Alcaldía de Ibagué

La Corte Constitucional le ordenó a la Alcaldía de Ibagué construir puentes peatonales para atravesar la quebrada La Chumba en el corregimiento de San Bernardo y el río Cocora en el corregimiento Coello Corora, respectivamente,  del municipio de Ibagué, Tolima.

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En medio de las ordenes dadas por la Corte, la Alcaldía también deberá crear un plan de contingencia para mitigar los riesgos que enfrentan los menores de edad que tienen que atravesar diariamente esas fuentes de agua.

La Gobernación del Tolima deberá brindar el apoyo financiero, jurídico y técnico que requiera el municipio, para la construcción de los puentes.

Esas ordenes se conocieron en medio de un fallo de tutela en el que la Corte estudió el caso de dos menores de edad que diariamente arriesgan su vida pasando por puentes colgantes de madera, improvisados y en mal estado para poder llegar al colegio.

Fueron dos tutelas que la Corte unió para sacar un solo fallo,  en el que ordena la protección de los derechos a la educación, la vida y la integridad de los menores que tienen que atravesar los puentes peatonales.

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En ese sentido, la Corte dijo que “el servicio público de educación y su componente de accesibilidad se materializa a través de la construcción y mantenimiento de la infraestructura de vías urbanas o rurales de tercer orden, incluidos los puentes, cuya competencia recae en el municipio”.

En el fallo también advirtió que “el derecho y servicio público de educación tiene carácter fundamental y permite el ejercicio de otras garantías constitucionales mediante la integración de cuatro características esenciales que se relacionan entre sí, a saber: aceptabilidad, adaptabilidad, disponibilidad y accesibilidad. En esa medida, el derecho a la educación implica para el Estado reconocer que es inherente a la persona y su prestación es un fin de obligatorio cumplimiento en los términos establecidos por la Constitución, a nivel nacional y territorial”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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