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Un Juez de Medellín envió a prisión a hombre que golpeo a su esposa
Foto: Archivo

La Corte Constitucional condicionó una norma del Código Penal que exigía a las personas que denunciaban hechos de violencia sexual, presentar pruebas de dichas acciones, las cuales posteriormente eran denunciadas por sus presuntos victimarios por injuria y calumnia. 

El alto tribunal, limitó un apartado del Código Penal que decía que cuando la denuncia se presentara sobre hechos relacionados con la libertad sexual, la persona denunciada no podía eximirse de responsabilidad presentando pruebas sobre la veracidad de sus afirmaciones. 

Para la Corte,  la medida era desproporcionada y afectaba el derecho al ejercicio a la libertad de expresión en una democracia, cuando se relacionaba con delitos contra la libertad sexual. 

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Se trata del numeral segundo del artículo 224 del Código Penal que fue demandando, por la organización 'El Veinte', que trabaja en defensa de la libertad de expresión y que consideró que la excepción de veracidad de poder demostrar los hechos denunciados, podía ser aplicable como excluyente de responsabilidad cuando las imputaciones de conductas que se refieran a la vida sexual,  tengan interés público y cuenten con el consentimiento de la víctima. 

Igualmente señala que con el artículo se desconoce que los asuntos de género y violencia sexual contra las mujeres son de interés público y cuentan con una protección reforzada por su importancia para el ejercicio de los derechos de las víctimas. 

"Impedir que las personas que denunciaron hechos de violencia sexual y luego fueron denunciadas por calumnia puedan presentar pruebas para probar sus afirmaciones y eximirse de responsabilidad, es una restricción al derecho a la libertad de expresión”, destaca el fallo. 

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Para el alto tribunal, es imprescindible que, en el marco de estas imputaciones, quienes las realizan y son procesados por injuria y/o calumnia, tengan la posibilidad de aplicar a la excepción de veracidad. 

La Corte señaló igualmente que dicha norma restringe el derecho al debido proceso, por cuanto tratándose de denuncias que pretenden visibilizar la violencia contra la  mujer,  no cuentan con una herramientas de defensa que los ampare para posicionar la verdad frente a los dichos del victimario. 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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