Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Mocoa: Desolación tras la avalancha 4
RCN Radio / Jairo Tarazona

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el impedimento presentado por el magistrado Jorge Emilio Caldas Vera para intervenir en el proceso que se adelanta contra la exgobernadora de Putumayo, Sorrel Aroca Rodríguez por su presunta participación en los hechos que rodearon la tragedia de Mocoa el 31 de mayo de 2017.

El magistrado señalaba que siendo delegado de la Procuraduría General participó en la audiencia de imputación de cargos contra la entonces mandataria departamental. En esa diligencia judicial -recuerda Caldas Vera- solicitó incluso que se revisara el tiempo que llevaba en el cargo la procesada.

En contexto: Después de dos años, víctimas de la avalancha Mocoa siguen buscando justicia

“(…) aduje que la gobernadora llevaba muy poco tiempo ejerciendo en el cargo, situación que hacía para ella imprevisible el acontecimiento generador del daño y, a su vez, manifesté que las víctimas de la tragedia no quedaran desprotegidas en cuanto a la reparación, en la medida que podrían acudir a otro tipo de acciones legales para demandar el reconocimiento de los perjuicios”, precisaba en el impedimento.

Debido a esto indicó que su imparcialidad e independencia judicial para el estudio del proceso penal que cursa contra Aroca podía verse comprometida, situación por la cual pidió que fuera alejado del caso.

Lea además: Ocupan bienes, por $5.000 millones, a exdirectivo de la Distrital implicado en corrupción

En el debate jurídico, la Corte consideró que su participación en esa audiencia no compromete su imparcialidad puesto que sus afirmaciones no tuvieron soporte en los elementos materiales probatorios presentados por la Fiscalía General “sino como parte de su conocimiento privado”.

“(…) no se evidencia un compromiso anticipado de su discernimiento con capacidad para afectar la actuación, como quiera que los fundamentos que estructuran el criterio esgrimido, como ya se dijo, se afincan e una percepción personal de los acontecimientos, en razón de aspectos que en su sentir son una constante en el territorio colombiano”, señala el fallo de once páginas.

Igualmente, se menciona que el entonces procurador solamente hizo mención en dicha audiencia a las garantías del debido proceso y aspectos muy generales.

Le puede interesar: Cargos de EE.UU. contra exjefes de antiguas Farc por colaborar a Nicolás Maduro

La exgobernadora de Putumayo enfrena un juicio por los hechos en que los que murieron 300 personas tras una avalancha. La mandataria fue señalada de haber incurrido en una omisión por no ordenar el aislamiento de zonas ribereñas, “situación que conllevó a u riesgo muy para la integridad de personal, vida y bienes de los ciudadanos”.

Fuente

Sistema Integrado Digital

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.