Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Manifestaciones Bogotá
rcnradio

La Corte Suprema de Justicia decidió intervenir en el marco del desacato que se abrió contra el gobierno del presiente Iván Duque, por incumplir el fallo de su sentencia, emitida en septiembre del 2020, cuando ordenó proteger la protesta social y suspender las escopetas calibre 12 del Esmad.

La Corte emitió una serie de ordenes complementarias a las decretadas por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá cuando abrió el incidente de desacato, respecto de los hechos ocurridos en la jornada de protestas ocurridas desde el 19 de noviembre del 2019, incluido el 28 de abril de 2021.

La Corte le dio un plazo de 15 días al Gobierno para que le explique cómo ha cumplido las ordenes que se dieron en el fallo del 2020.

Lea además: Corte hace nuevos pronunciamientos sobre el tiempo de convivencia para acceder a pensión de sobreviviente

El Gobierno deberá entregar el calendario de las reuniones que se debían realizar en una mesa de alto nivel, en donde se debía discutir “la reestructuración” sobre el uso de la fuerza estatal en las manifestaciones pacíficas.

Los organismos de control también tienen 15 días para explicarle a la Corte cómo se han tramitado las denuncias de las víctimas, los avances de las investigaciones penales y disciplinarias seguidas contra los miembros de la fuerza pública involucrados en delitos contra los manifestantes.

El incidente de desacató lo abrió el Tribunal Superior de Bogotá contra los ministerios de Defensa y de Interior la Policía, la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Director General de la Policía, el Comandante General de la Policía Metropolitana, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación.

Lea también: No hubo decisión de fondo sobre el fracking en el Consejo de Estado

En ese fallo, el Tribunal dio plazo de tres días para entregar las pruebas que evidencien que si han cumplido con las órdenes dadas por la Corte Suprema en su fallo del año pasado.

El Tribunal envió copia del caso a la Cámara de Representantes para que decida si abre un incidente de desacato por lo mismo contra el presidente Iván Duque.

En el fallo de septiembre, la Corte ordenó al Gobierno proteger la protesta pacífica eliminándose del todo los usos desmedidos de la fuerza, por parte de los agentes de la Policía Nacional, y específicamente de los integrantes de los Escuadrones Móviles Antidisturbios (Esmad).

La Corte ordenó implementar diferentes estrategias y protocolos que garanticen a los ciudadanos su derecho a la protesta. “La protesta intolerante y violenta, no pacífica, que aboga por el discurso y la apología al odio, a la hostilidad, que patrocina la propaganda a favor de la guerra, que propende por el odio nacional, (…) no están protegidas por la Constitución Nacional”, dijo la Corte en ese fallo.

En esa sentencia, la Corte hizo un llamado urgente al Congreso para regular la protesta social mediante una ley estatutaria con el fin de determinar las limitaciones de la Fuerza Pública en las protestas.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.