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DIEGO CADENA
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia rechazó la solicitud del abogado Diego Cadena, quien pidió anular la sanción de 3 años de suspensión para ejercer su labor como litigante. 

La decisión fue tomada por la Sala de Casación Laboral de ese tribunal, que estudió la tutela contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial que impuso una sanción a Cadena por su relación con el caso del expresidente Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos. 

Uno de los argumentos expuestos por el sancionado se basaba en resaltar que el vídeo que tuvo en cuenta el tribunal disciplinario para tomar la determinación, fue alterado.

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"La grabación entregada a la Corte Suprema de Justicia fue editada como lo señala el dictamen Técnico de Acústica realizado por el Cuerpo Técnico de Policía Judicial el 05 de agosto de 2022, rendido a petición de la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia", cita uno de los apartes del fallo. 

Para el tribunal, la sanción no tiene muestras de ser arbitraria ni caprichosa, por lo que consideró que la Comisión Nacional actuó en el marco de su autonomía, se apegó a la realidad procesal y aplicó las normas y jurisprudencia disciplinaria. 

Para los magistrados, la acción de tutela presentada por Diego Cadena se basa en una inconformidad por la determinación disciplinaria y que esa no es suficiente razón para aceptar las pretensiones de la tutela.

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"Por el simple descontento del reclamante no puede el fallador de tutela dejar sin efecto la determinación válidamente adoptada por el juez natural, quien denegó las súplicas tras un análisis racional del caso", concluye el documento.

Finalmente, la sentencia menciona que el abogado pretende obtener una postura judicial favorable, pero que no tuvo en cuenta que a pesar de no coincidir con el criterio de la autoridad, no representa una posibilidad de controvertir, invalidar o modificar la decisión por una tutela. 

 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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