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GENERAL RODOLFO PALOMINO
El exdirector de la Policía Nacional, general (r) Rodolfo Palomino.
Colprensa

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tumbó el fallo que había archivado la investigación en contra del exdirector de la Policía Nacional, general (r) Rodolfo Palomino por su presunta participación en los delitos de abuso de autoridad y constreñimiento ilegal.

Tras resolver un recurso de apelación, la Sala determinó que la Fiscalía General incurrió en varias omisiones al pedir la preclusión de la investigación al general Palomino y el exdirector de la Dijín de la Policía, general (r) Carlos Ramiro Mena y el exdirector de la Escuela de Cadetes, general (r) Édgar Sánchez Morales.

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“La Fiscalía Delegada no demostró en debida forma la solicitud de preclusión siendo evidente las omisiones investigativas frente a los hechos motivo de queja. No están dados los elementos jurídicos y probatorios para afirmar la atipicidad de la conducta frente al delito de abuso de autoridad”, precisa el fallo.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Corte Suprema de Justicia

La investigación contra el general Palomino tiene su génesis en la denuncia que radicó en septiembre de 2012 el coronel Marco Aurelio Pedroza, quien señaló que tras una discusión que sostuvo con el director de la Policía Nacional este movió sus influencias para que no lo llamaran al curso de ascenso de brigadier general y fuera convocado a calificar servicios.

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Para el coronel Pedroza, evidentemente se trataba de una retaliación. Hecho por el cual puso en conocimiento de esta situación al entonces ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón para que tomara cartas en el asunto.

Pese a las pruebas que presentó el coronel, la Sala de Primera Instancia consideró que no se podía hablar de una presión indebida por parte del general Palomino, aceptando así, archivar la investigación. Conclusión que no le gustó de a mucho a la Sala de Casación Penal.

En este punto, se reclama haber pasado por alto varios puntos que dejarían entrever una presión por parte del general Palomino al coronel y los hechos que se presentaron en diferentes reuniones convocadas por el entonces director de la Policía Nacional en octubre de 2012.

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Para la Sala, no se pude considerar como un encuentro de “camaradería” o de “amistad” la reunión que se sostuvo en la oficina de Palomino el 3 de octubre de 2012 en la cual el director de la Policía convocó al coronel y a los miembros de su familia para hacerles un fuerte llamado de atención.

Los dos hijos del coronel tenían relación directa con la Institución puesto que estaban adelantando su carrera. Después de esa reunión, por los términos que se presentaron, sintieron temor y creyeron que iban a recibir represalias.

Días después, el hijo del coronel, que para ese entonces estaba realizando su curso de cadete, fue citado en varias oportunidades a la oficina de director de la Escuela para recriminarle por la actuación de su padre, al mismo tiempo que le pedía que hablara con él y lo calmara.

El coronel también puso de presente en la denuncia que en su casa empezó a notar movimientos extraños, seguimientos por parte de agentes de la Dijín y monitoreo a todas sus actividades. Pese a que la Sala de Primera Instancia le restó importancia a estos señalamientos, en el fallo de segunda instancia se pone de presente que existen pruebas que permiten inferir la existencia de estas actividades irregulares.

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Para sustentar este dicho, se citan las declaraciones del vigilante del edificio en el que vivía el coronel y patrulleros del cuadrante quienes señalaron que tras atender una llamada sobre personas sospechosas en el sector se pudo verificar que hacían parte de la Dijín de Policía Nacional.

El vigilante, poco tiempo después de esto, empezó a recibir amenazas a su teléfono celular. En las mismas se le ponía de presente datos de su vida privada, así como el lugar en el que vivía, sus horarios de trabajo y detalles de su vida familiar. Pocos meses después murió en extrañas circunstancias. La Sala Penal determinó que estos hechos de seguimientos y amenazas nunca fueron investigados.

Para la Sala de Casación Penal, la Fiscalía General debe revisar nuevamente el caso y verificar si existen elementos para pedir nuevamente su archivo. De no tenerlos, deberá adelantar todos los trámites para abrirle un proceso formal al general Palomino (imputación de cargos).

Fuente

Sistema Integrado Digital

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