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Archivo Colprensa.

El Consejo de Estado decidió no admitir para estudio de fondo una demanda que pedía la muerte política para siete congresistas considerados de izquierda.

La demanda decía que los legisladores supuestamente estaban impedidos para promover el proyecto de ley que pretende reformar la Policía Nacional, porque fueron miembros de algún grupo guerrilleros o tuvieron familiares en estas agrupaciones.

La demanda se refiere a los congresistas Gustavo Petro, María José Pizarro e Inti Asprilla, a quienes relaciona con el M-19; Iván Cepeda, Feliciano Valencia y Aida Avella, a quienes relaciona con las Farc, y Antonio Sanguino, a quien la demanda relaciona con el ELN.

“Estos congresistas, teniendo un conflicto de orden moral y conflicto de intereses, no podían haber presentado un proyecto de ley para reformar la Policía Nacional, (Sic) quitarle funciones, sacarla del Ministerio de Defensa y pasarla al Ministerio del Interior”, señala uno de los apartes de la demanda

El Consejo de Estado estudió el caso y concluyó que la demanda de perdida de investidura no cumplía con todos los requisitos establecidos por la ley para pedir la muerte política de una congresista.

Al parecer, al demandante le faltó comprobar, más allá de unas fotografías, que los congresistas estaban activos en ese cargo.

“La mera afirmación del demandante no es suficiente, sino que requiere del agotamiento de una carga mínima de argumentación y prueba”,  se indica en el fallo.

El fallo sostiene además que “se presentan unas imágenes o 'pantallazos' de la página web del Congreso de la República donde se relacionan las fotografías y datos personales de los supuestos demandados; no obstante, no se allega ningún documento que permita probar la calidad de congresistas de los ciudadanos accionados”.  

El alto tribunal también advirtió que ese tipo de demandas no se pueden usar como “un instrumento para manifestar la inconformidad política de los opositores” o incluso cuando se está en desacuerdo con la ideología política de otros.

Tampoco puede ser un mecanismo de corte revanchista, superfluo o tomado a la ligera”, indica el Consejo de Estado.

El alto tribunal le dio un plazo de diez días al demandante para que corrija los errores de la demanda, y presente el documento que acredita a las siete personas como congresistas.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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