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El cannabis podrá ser ingerido en forma de aceites, infusiones o flores secas.
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Foto: Ingimage

La Fiscalía General de Nación y la Corte Suprema de Justicia reabrieron el debate sobre los alcances de las leyes que permiten el porte y consumo de la dosis mínima de drogas, tema espinoso en el que terció el gremio de los alcaldes de las principales capitales del país.

Mientras el jefe del organismo acusador, Néstor Humberto Martínez, insistió en la presentación de un proyecto de ley para volver más estricta la ley que regula la dosis mínima, la Corte Suprema de Justicia le advierte que esta conducta no es penalizable en Colombia.

“Útil debate sobre el porte de drogas. Autoridades debemos cerrar filas contra el narcomenudeo”, reiteró Martínez en un mensaje enviado este lunes, para quien la reforma es necesaria para vencer el microtráfico.

El Fiscal General argumentó que se requiere una política criminal mayor en contra de los expendedores de drogas.

“Necesitamos ajustes legales para vencer el microtráfico, la mayor amenaza contra nuestros niños y adolescentes”, insistió.

Insistió en que la Fiscalía prepara, junto con la Policía Nacional, un proyecto de ley con el cual se buscaría la reforma  y que, en principio, se prevé que la iniciativa se presente al Congreso el próximo 20 de julio.

“Más política de salud pública para consumidores y más política criminal para expendedores. En este balance hay que impedir que los jíbaros se mimeticen como  consumidores”, aseguró Martínez.

Consumidores no son traficantes: Corte

El debate tomó fuerza después de que la Fiscalía reportara un duro golpe a las redes del microtráfico en 18 departamentos del país, tras la captura de 196 personas señaladas de integrar estas redes criminales que vienen delinquiendo principalmente en entornos escolares y universitarios.

En desarrollo de estas diligencias se produjeron 69 capturas en flagrancia de personas que se dedicaban a vender estupefacientes en 48 colegios.

Los investigadores reportaron que este narcomenudeo también fue detectado en un instituto en Chocó y tres universidades ubicadas en Boyacá, Magdalena y Santander.

No obstante, la Corte Suprema de Justicia le salió al paso a las declaraciones del Fiscal General y le recordó que la dosis mínima de drogas no es penalizable en Colombia.

El alto tribunal celebró la persecución a narcotraficantes en el país pero dejó claro que no se debe calificar como tal a los consumidores de drogas.

“Hace bien la @FiscaliaCol en perseguir expendedores de estupefacientes, no en criticar posturas de la Corte de no condenar a consumidores como traficantes”, señala un mensaje enviado a través de su cuenta de Twitter el Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Luis Antonio Hernández.

Para la Corte Suprema de Justicia está claro que la Fiscalía debe demostrar con pruebas que un consumidor porta el alucinógeno con el objetivo diferente a su consumo.

“Puede desvirtuarse en cada caso, según las circunstancias temporales espaciales como cuando la cantidad supere exageradamente la requerida por el consumidor adicto enfermo”, señaló la Corte en una de sus sentencias sobre el tema.

Y añade: “No sobra reiterar que la demostración del componente anímico relacionado con la finalidad es una carga que le corresponde la fiscalía por tratarse de una de las premisas fácticas de su teoría”.

Las explicaciones se conocen en una sentencia que absolvió a un hombre a quien le hallaron portando 47 papeletas de cocaína, es decir 11.4 gramos.

El tribunal señaló que cuando la cantidad supera la dosis para el uso personal, las autoridades deben entrar a demostrar si el portador usaría el alucinógeno para otros objetivos como su venta comercial, “otros factores que puedan determinar el juicio de lesividad de la conducta”.

Alcaldes apoyan al Fiscal

A la discusión se sumó Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales), que arremetió contra el argumento de la dosis mínima en el país y aseguró que se está convirtiendo en un obstáculo para la Fuerza Pública y diezmando su efectividad en la lucha contra el narcotráfico.

Este gremio de alcaldes de las principales ciudades en Colombia respaldó las declaraciones de la Fiscalía General en contra de este argumento jurídico que protege a los consumidores de sustancias alucinógenas en el país y pidió compromiso por parte del Congreso en este tema.

“Vemos con preocupación cómo frente al tema del narcomenudeo pareciera no existir una salida contundente que permita atacar todos los eslabones de una cadena que, a todas luces, ocupa un lugar fundamental en las rentas de la criminalidad organizada”, indicó Asocapitales.

Y advierte: “Uno de los puntos más críticos que hemos logrado observar es cómo día a día la operatividad de las autoridades en la captura decidida de quienes se lucran del narcomenudeo, se ve diezmada por las libertades excusadas en el argumento de la dosis mínima. Gramos, libras y kilos que suman toneladas de dinero criminal”.

Justamente el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez (presidente de Asocapitales), dijo que es necesaria la reforma para fortalecer la seguridad urbana.

Federico Gutiérrez aseguró además que ven con preocupación cómo los más afectados por las libertades de la dosis mínima son los entornos escolares que se ven permeados por el narcomenudeo a las salidas de las instituciones educativas.

Según la ley 30 de 1986 por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes, su artículo 2 literal J dice textualmente:

“Es dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de veinte (20) gramos; la de marihuana hachís la que no exceda de cinco (5) gramos; de cocaína o cualquier sustancia a base de cocaína la que no exceda de un (1) gramo, y de metacualona la que no exceda de dos (2) gramos”.

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