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Operativos militares
Operativos militares.
Colprensa

El Ejército Nacional deberá reparar económicamente a los familiares de dos personas que fueron presentados, en hechos apartados, como guerrilleros abatidos en combate en zona rural de Florencia (Caquetá).

El Tribunal Administrativo de Florencia determinó que las víctimas reportadas en los documentos oficiales no hacían parte de ningún grupo armado ilegal. 

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En este punto se determinó que se trataba de personas ajenas al conflicto armado, su muerte no se presentó en un combate sino consecuencia de una ejecución extrajudicial. 

El primer caso hace referencia a la muerte de un comerciante que salió a vender una mercancía en el municipio de Valpariso. Días después fue presentado por el Batallón de Infantería Juanambú como integrante de un grupo subversivo muerto en un enfrentamiento armado.

La necropsia concluyó que la persona recibió varios disparos de fusil en distintos ángulos, contrariando las declaraciones de los militares que aseguraron que se tuvieron que defender directamente de una agresión.

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En el fallo se revela quela muerte no se dio por un enfrentamiento armado sino en la puesta en marcha de las "ejecuciones extrajduciiales" que utilizó el Ejército Nacional para demostrar resultados operacionales.

El segundo caso se refiere a la muerte de dos personas reportadas por el Batallón Cazadores del Ejército. En el documento se señala que en la vereda Lucitana, zona rural de Puerto Rico, se presentó un combate con un grupo subversivo.

El Tribunal avaló los informes de la Fiscalía General y Medicina Legal que indican que la ropa que llevaban las dos personas, los residuos de pólvora encontrados y la narración de los hechos por parte del Ejército presentaban contradicciones con las pruebas técnicas.

Debido a esto, el Tribunal condenó a la nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército, al pago de 183 millones de pesos a los familiares de las víctimas. 

Fuente

RCN Radio

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