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Empresa de Acueducto de Bogotá
Empresa de Acueducto de Bogotá
Alcaldía de Bogotá

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) tendrá que pagar 28 mil millones de pesos por haber captado, de manera ilegal, el agua de los ríos La Playa, Frío y Chuza entre el primero de octubre de 1998 y el 4 de febrero de 2003.

El pago de la multa impuesta por la Corporación Autónoma Regional del Guavio (Corpoguavio) fue ratificada por el Consejo de Estado tras estudiar una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por la Empresa de Acueducto.

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El máximo tribunal de lo contencioso administrativo determinó que en efecto el Acueducto se había extralimitado en la concesión que le otorgó en 1968 el Ministerio de Agricultura. Esto teniendo en cuenta que nunca solicitó la prórroga de la autorización para seguir captando aguas de esas fuentes hídricas después del 4 de noviembre de 2009.

En el debate jurídico no se avalaron los argumentos presentados por el EAAB que consideró que la concesión debía ser entendida como indefinida, esto por la aplicación de la reglamentación sobre aprovechamiento, distribución y conservación de aguas nacionales de uso público decretada en 1940.

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En el fallo, el Consejo de Estado determinó que esa normativa no autorizaba a la EAAB a captar indefinidamente el recurso, por cuanto era indispensable solicitar una prórroga de la concesión que le permitiera a la empresa seguir haciendo uso de las aguas de los ríos La Playa, Frío y Chuza.

Igualmente se determinó que Corpoguavio sí tenía facultades legales para imponer la sanción, la alta corte aclaró que los términos legales de tiempo que tenía la entidad para ejercer esta competencia no se vencieron, pues la EAAB siguió captando las aguas sin autorización incluso hasta la fecha en la que se impuso la multa.

Fuente

RCN Radio

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