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Enilce López
En la imagen Enilce López
Foto: Colprensa

En la capital del Atlántico, en la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial se confirmó la decisión del Juzgado Sexto de Ejecución de Penas que el pasado 18 de febrero revocó la medida de detención domiciliaria a Enilce López Romero y ordenó que fuera recluida en un establecimiento carcelario.

En el fallo, el juez sexto de ejecución de penas, David Saade Morad, resolvió que “el supuesto que daba lugar al sustituto penal de la prisión domiciliaria por enfermedad grave ha desaparecido según concepto de médico legista especializado”.

En su decisión, el togado aclaró que “de no existir reclusorio que cumpla con las recomendaciones emitidas por los médicos tratantes, se supedita el traslado hasta que el Inpec lo adecúe”.

La información se conoce a menos de 24 horas de cumplirse el plazo para que López desaloje la mansión en el norte de Barranquilla, proceso que está a cargo de la Sociedad de Activos Especiales. 

Enilce López Romero paga una condena de 37 años de prisión por el delito de homicidio que, según la Fiscalía, fue cometido por paramilitares y ordenado por ella.

Fuente

RCN Radio

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