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ENRIQUE VIVES CABALLLERO
El empresario Enrique Vives Caballero enfrenta un proceso por la muerte de seis jóvenes.
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Tras aceptar la petición de la Procuraduría General, el juzgado tercero de conocimiento de Santa Marta compulsó copias ante la Comisión de Disciplina Judicial para que se investigue al abogado Alex Fernández Harding por hacer comentarios malintencionados y desoblligantes en contra de las víctimas del falta accidente protagonizado por el empresario Enrique Rafael Vives Caballero en la madrugada del 13 de septiembre en el sector de Gaira en Santa Marta.

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Para el funcionario judicial, es necesario evaluar si el jurista incurrió en "una posible comisión de conductas contrarias al Código Disciplinario" al hacer señalamientos en contra de los siete jóvenes que fueron arrolados por Vives Caballero. En su concepto, durante la audiencia de imputación de cargos se registraron varios comentarios desobligantes que afectaban la integridad y la memoria de las seis víctimas mortales y el sobreviviente.

En su análisis jurídico, el juez consideró desafortunadas las declaraciones que hizo en su intervención el abogado Fernández Harding al señalar que los jóvenes tuvieron una responsabilidad por caminar sobre la vía y no utilizar los puentes peatonales que existen en la zona. Este hecho debe ser comprobado en juicio y no ventilado sin sustento para intentar justificar el acto.

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Igualmente reprochó que se intentara ventilar y señalar que los jóvenes se encontraban en estado de embriaguez de los jóvenes lo que les restó la maniobra de reacción para esquivar el vehículo que manejaba Vives Caballero. Este hecho solamente puede entender como un argumento para restarle responsabilidad sobre el papel.

Para el juez, "no es inusual encontrar personas caminando por la vía y que evitan tomar el puente peatonal a altas horas de la noche" por temas de seguridad. Por eso le es exigible a todos los actores viales tener cuidado frente a este tipo de situaciones puesto que siempre existe el riesgo de encontrarse personas sobre la vía.

El hecho que Vives manejara con exeso de velocidad y apartemente bajo los efectos del alcohol fue lo que desembocó la tragedia puesto que se llevó por delante a los jóvenes. "Con la conducta del señor Vives Caballero existía un riesgo relevante".

Debido a esto el juez rechazó la teoría de la defensa ante una "posible autopuesta en peligro por parte de las víctimas en virtud a un principio de seguridad".  Igualmente, se tuvo en cuenta las solicitudes de aplazamiento y otras situaciones que impidieron llevar con normalidad la audiencia de imputación de cargos.

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Este viernes, al resolver un recurso de apleación, el mismo despacho judicial modificó la medida de aseguramiento que existía contra el empresario y le otorgó el beneficio de detención domiciliaria.

“De los hechos jurídicamente relevantes debidamente soportados que acredita el delito de homicidio de culposo agravado y no el homicidio bajo la modalidad de dolo eventual (…) En su lugar impondrá detención preventiva relativa a la medida de aseguramiento en el lugar de residencia”, precisó el juez al leer el fallo de segunda instancia.

Vives Caballero se encontraba en la cárcel desde el pasado 18 de septiembre después que la jueza primera municipal con función de control de garantías reseñara que el empresario representaba un peligro para la sociedad y estando en libertad podía afectar el desarrollo del caso.

El expediente contra Vives Caballero fue trasladado a Bogotá para evitar maniobras dilatorias y la presión a los testigos y a las mismas víctimas.

Fuente

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