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Plantas de marihuana
La declaración de inconstitucionalidad fue apoyada por ocho de los once magistrados de la Suprema Corte en lo general y por nueve en las especificaciones, con lo que se alcanzó en ambos casos la mayoría calificada suficiente para anular los cinco artículos de la Ley General de Salud que impiden el consumo lúdico de esta planta.
Imagen suministrada a RCN Radio y La FM

Tras un operativo adelantado en agosto de 2018 por las autoridades en el departamento de Caquetá contra el narcotráfico, un patrullero de la Policía no tuvo mayor inconveniente en cambiar 204.800 gramos de marihuana por pasto.

Por esta alteración de material probatorio, el uniformado fue capturado y procesado. En el desarrollo del caso su defensa firmó un preacuerdo con la Fiscalía General en el cual reconocía su responsabilidad en los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, peculado por apropiación, prevaricato por omisión y ocultamiento o destrucción de elementos materiales probatorios.

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Tras avalar el documento, un juez de conocimiento lo condenó a cinco años de prisión y al pago de una multa de 670 salarios mínimos legales vigentes. Igualmente, no podrá ejercer sus derechos ni funciones públicas.

El patrullero reconoció haber alterado el estupefaciente que había sido incautada con el único fin de favorecer a un tercero, es decir que le entregó a otra persona la marihuana y con el fin de evitar levantar sospechas la cambió por pasto y heno.

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Los investigadores de la fiscalía seccional adscrita al grupo de Administración Pública de la Seccional Caquetá hicieron una reconstrucción de los hechos y se dieron cuenta que el cambiazo se presentó cundo la marihuana estaba en custodia del patrullero.

El juez no avaló la petición para otorgarle un lugar especial de reclusión.

Fuente

RCN Radio

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