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SALVATORE MANCUSO
El excomandante paramilitar, Salvatore Mancuso.
Colprensa

El abogado penalista Juan Carlos Prias, afirmó que se debe tener claridad sobre los conceptos de extradición y deportación en el caso del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien en las últimas horas solicitó de manera directa a las autoridades de Estados Unidos que no se haga efectiva su deportación hacia Colombia, alegando que su seguridad está en riesgo si se hace efectivo dicho traslado.

En diálogo con RCN Radio, el docente de derecho penal de la Universidad Javeriana afirmó que la deportación del exjefe paramilitar puede o no ser consecuencia de la extradición.

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“La deportación es un acto de organización en materia de migración, que en los Estados Unidos está determinada por la decisión de un juez. La extradición significa un procedimiento complejo que involucra la participación de una autoridad judicial y de los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, que son los que tramitan y analizan toda la documentación”, indicó.

Audio

(Audio) Juan carlos Prias, abogado penalista y docente de la U. Javeriana, sobre futuro jurídico de Salvatore Mancuso.

0:27 5:25

El experto señaló que la deportación es una decisión de una autoridad migratoria que en los Estados Unidos es un juez, quien determina la expulsión del país y la remisión de la persona objeto de esa medida a una determinada Nación.

“La deportación por extradición implica en sí misma, la culminación de un proceso mucho más complejo, en tanto la deportación es un acto disposición soberana”, manifestó.

El analista señaló que los argumentos del exjefe paramilitar al señalar que teme persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política, en ese país (...) para que no sea deportado a Colombia, es una posibilidad que se tiene desde el punto de vista procesal.

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“Esta es una decisión que ya no depende de la propia voluntad de esta persona, sino del país que decreta o no esa posibilidad de asilo o protección a la persona y de la consideración de diferentes elementos. Todo depende la manera como se plantee y se sustancie desde el punto de vista probatorio y de la decisión soberana del país que toma esta decisión”, aseguró.

El docente de la Universidad Javeriana indicó que en este caso del exjefe paramilitar se han registrado cuatro pedidos de extradición en cuatro proceso diferentes.

“El establecimientos de estos hechos ha sido conocido tanto en la Jurisdicción de Justicia y Paz (JEP) y la ordinaria. Lo que pasa es que por virtud de Jurisdicción de Justicia y Paz estos procesos han sido asumidos, por lo que se ha verificado la ocurrencia de estos hechos, al cual al señor Mancuso se sometió y eso significa un límite", concluyó.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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