Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Protesta de camiones de carga liviana en Bogotá
Protesta de camiones de carga liviana en Bogotá
RCN Radio

Una Fiscal especializada adscrita a la Delegada para las Finanzas Criminales, decretó medidas cautelares de embargo sobre 18 vehículos que habrían sido utilizados como medio o instrumento para llevar a cabo bloqueos en las diferentes regiones del país.

La Fiscal jefe de la Unidad Delegada para las Finanzas Criminales, Luz Ángela Bahamón, reportó que durante la fase inicial del trámite de extinción de dominio, se estableció que los vehículos en las mira de las autoridades  fueron empleados, reiteradamente, para bloquear importantes corredores viales del orden nacional.

Explicó que estas actuaciones irregulares están descritas en el artículo 353 A del Código Penal “Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público”.

Encuentre aquí: Es un error pretender controlar una protesta por medios violentos: César Gaviria

“Los investigadores lograron establecer con el apoyo de la Policía Judicial del Grupo de Extinción de Dominio de la DIJIN y de la Seccional de Investigación Criminal de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, la utilización reincidente de los 18 automotores para la materialización de bloqueos en importantes ejes viales y el uso de medios ilícitos para obstruir las vías públicas”, indicó la Fiscalía.

En desarrollo de las investigaciones,  se estableció que esta actividad ilegal se verificó a través de amenazas a los ciudadanos para impedir el tránsito por esos lugares, lanzamiento de elementos contundentes, incineración de llantas en la malla vial, obstrucción del transporte de complementos alimentarios para familias de escasos recursos y de elementos destinados a centros hospitalarios.

La Fiscalía advirtió que los bloqueos generaron directas afectaciones a derechos tanto del orden individual como colectivo, al no permitir el paso de alimentos, suministros médicos y otros elementos necesarios para la comunidad, y derivaron perjuicios económicos a personas naturales y jurídicas.

Es importante destacar que en el cumplimiento de los deberes del ente investigador en la fase inicial, se recaudaron elementos de prueba para identificar a los titulares de los vehículos y establecer sus lugares de residencia y el de los propietarios de los mismos.

Así mismo, precisaron los fiscales que se lograron acreditar otras circunstancias objetivas que permitieron a la Fiscalía inferir, la ausencia de diligencia en el cumplimiento del deber de observar la función social de la propiedad.

La fiscal Luz Angela Bahamón,  manifestó que se determinó que los dueños de los vehículos no habrían adoptado medidas para controlar la destinación de sus camiones y volquetas e impedir que fueran empleados en acciones delictivas.

Lea además: Operadores del SITP y Transmilenio denuncian obstáculos para cobrar pólizas tras vandalismo

Según la Fiscalía estas acciones proceden de acuerdo con la causal quinta del artículo 16 del Código de Extinción de Dominio, que destaca: “se declarará extinguido el dominio sobre los bienes que hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.