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Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto
Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto
Cortesía de la Superintendencia de Industria y Comercio

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra las empresas Sociedad de Agricultores y Ganaderos de Bolívar y Cesar (Agromol) y Servicio Fluvial de Bolívar y Cesar, por presuntamente haber celebrado y ejecutado un acuerdo de fijación de precios para igualar las tarifas en la prestación del servicio de transporte fluvial de carga en la modalidad de transbordo de vehículos entre Gamarra, Cesar y Morales, Bolívar.  

Además, la Superintendencia formuló pliego de cargos contra siete personas naturales vinculadas con las empresas investigadas. Lo anterior, para determinar si habrían colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado los comportamientos investigados.  

Las personas vinculadas con Agromol son: Fernando Rafael Márquez, representante legal, y a los miembros de la junta directiva, Gabriel Jaime Restrepo Echeverry; Fredy Estrada Botero; Álvaro Rodríguez Bastidas; José Domingo Márquez Quintero y Carlos Julio Leyton Peña.  

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La averiguación preliminar inició luego de que la Superintendencia de Transporte trasladara a la Superindustria una denuncia por presuntos precios iguales en la tarifa de servicios. 

Según explicó el organismo, conforme con el material probatorio recaudado en la averiguación preliminar, las empresas habrían celebrado y ejecutado un acuerdo de precios con la finalidad de igualar sus tarifas en la prestación del servicio de transporte fluvial de carga en la modalidad de transbordo de vehículos entre Gamarra, Cesar y Morales, Bolívar.  

Así, Agromol y Servicio Fluvial de Bolívar y Cesar habrían equiparado las tarifas en 15 de los servicios que ofrecían a los consumidores. El acuerdo anticompetitivo se habría celebrado en el 2018 y su ejecución se habría materializado entre finales de 2018 e inicios de 2019, momento en el que ambas empresas habrían elevado gran parte de las tarifas ofrecidas a los consumidores para la adquisición de sus servicios, y se habría ejecutado hasta por lo menos enero de 2021.  

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En este caso, la Superintendencia podrá imponer multas hasta de 100 mil salarios mínimos por cada infracción al régimen de libre competencia y a quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten o toleren las conductas anticompetitivas, de hasta 2.000 salarios por cada infracción.  

Fuente

Sistema Integrado de Información

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